Incorporar en los considerandos del Proyecto, los procedimientos técnicos que dieron lugar a la priorización de 60 alimentos procesados.
Incluir en términos sucintos, dentro de los considerandos del Proyecto, los procedimientos técnicos realizados para soportar el cálculo de los máximos de sodio establecidos para cada uno de los 60 alimentos priorizados, que se encuentran en el artículo 4 del Proyecto de Resolución, así como los que se realizaron para la fijación de los plazos que tienen las personas naturales o jurídicas que se dedican al procesamiento, comercialización y/o importación de los 60 alimentos procesados priorizados (Meta 1 y Meta 2), para implementar la medida.
Incluir criterios adicionales para la selección de los contratistas de los PPII, que incentiven una presión competitiva entre los participantes, y que se caractericen por generar un grado de incertidumbre para los otros participantes, privilegiando así una real libre competencia en todo el proceso.
Definir en su integridad los lineamientos sobre los cuales se estructuren los términos de referencia para el proceso de selección de los contratistas PPII, privilegiando en todo momento la necesidad de garantizar la mayor concurrencia posible de interesados en el desarrollo de los PPII, y con ello, que se derive una adecuada presión competitiva que permita que se incentive a lo agentes a desarrollar un “juego” competitivo, y con ello, la presentación de mejores propuestas.
Aclarar que, en toda circunstancia, aún en el caso del ejercicio del derecho de opción por parte del contratista PPII, la presentación y trámite de la propuesta deberá desarrollarse conforme al procedimiento competitivo establecido para la asignación de áreas de exploración y explotación de hidrocarburos contenido en el Acuerdo 2 de 2017 y sus modificaciones.
Eliminar la posibilidad de aplicar la figura del traslado de inversiones a los PPII a fin de incentivar una dinámica pro-competitiva en el proceso de selección, y con ello, la maximización de los eventuales beneficios que puedan derivarse de la presentación de propuestas por parte de los agentes interesados.
Unificar el periodo de tiempo para el cumplimiento de la acreditación de la certificación ISO 27001 tanto para los proveedores tecnológicos como para los SNE.
N/A
• Especificar en el Proyecto que participar en los PPII no otorgará ventajas técnicas a los contratistas que se traduzcan en ventajas competitivas significativas en una posible etapa posterior de mercado de exploración y explotación de hidrocarburos en yacimientos no convencionales usando la técnica FH-PH.
• Incluir explícitamente en el proyecto en qué consistirá la evaluación de los PPII con sus correspondientes indicadores y variables de resultado, con el fin de identificar la manera como se utilizará la información recolectada en la toma de decisiones que dará lugar a la creación de un potencial nuevo mercado en condiciones de competencia.
• Fijar los estándares técnicos correspondientes que, no solo garanticen la seguridad e idoneidad técnica de los procedimientos, sino que correspondan efectivamente a aquellos que puedan ser cumplidos por la generalidad de los agentes que tengan capacidad para el desarrollo de la técnica de FH-PH.
• Someter los futuros proyectos que tendrían como propósito regular aspectos sucesivos al Proyecto, en conocimiento de esta Superintendencia en sede de la función de abogacía de la competencia.