Clasificación: Autorización integración
Fecha: 16/09/2013
Publicada: (publicación portal web 15/10/2013)
Intervinientes:
- CONTRA LAS SIGUIENTES PERSONAS JURÍDICAS
- FUNDACIÓN PARA EL FOMENTO DE LA DEMOCRACIA, EL DESARROLLO SOCIAL Y LA ECOLOGÍA - FUNDESOE- NIT. 800.205.721 – 5
- CORPORACIÓN MELQUIADES- NIT. 802.016.354 - 1
por una posible infracción del artículo 1 de la Ley 155 de 1959 que prohíbe toda clase de prácticas, procedimientos o sistemas tendientes a limitar la libre competencia, y el numeral el numeral 9 del artículo 47 del Decreto 2153 de 1992.
- CONTRA LAS SIGUIENTES PERSONAS NATURALES
- GLORIA INÉS FLÓREZ PERTUZ CC. 34.974.792 y JOSÉ DE JESÚS CAMACHO GAMERO CC. 8.684.153
Personas que presuntamente colaboraron, facilitaron, autorizaron, ejecutaron o toleraron las conductas descritas en el numeral 9 del artículo 47 del Decreto 2153 de 1992.
Resumen:Por instrucciones de la Superintendencia de Industria y Comercio, las entidades sin ánimo de lucro CORPORACIÓN MELQUIADES identificada con NIT 802.016.354-1 y la FUNDACIÓN PARA EL FOMENTO DE LA DEMOCRACIA, EL DESARROLLO SOCIAL Y LA ECOLOGÍA – FUNDESOE identificada con NIT 800.205.721-5, la señora OLGA INÉS FLÓREZ PERTUZ, en su calidad de Presidente y representante legal de FUNDACIÓN PARA EL FOMENTO DE LA DEMOCRACIA, EL DESARROLLO SOCIAL Y LA ECOLOGÍA - FUNDESOE, identificada con cédula de ciudadanía No. 34.974.792; y el señor JOSÉ DE JESÚS CAMACHO GAMERO en su calidad de Presidente y representante legal de CORPORACIÓN MELQUIADES identificado con cédula de ciudadanía No. 8.684.153, informan que:
Mediante Resolución No._______________ expedida por la Superintendencia de Industria y Comercio, se abrió investigación en contra de las entidades sin ánimo de lucro: CORPORACIÓN MELQUIADES identificada con NIT 802.016.354-1 y la FUNDACIÓN PARA EL FOMENTO DE LA DEMOCRACIA, EL DESARROLLO SOCIAL Y LA ECOLOGÍA - FUNDESOE Según la decisión de la autoridad, se investiga la presunta violación al artículo 1 de la Ley 155 de 1959, y al Decreto 2153 de 1992 articulo 47, numeral 9 por un posible acuerdo colusivo en la Convocatoria Pública del Régimen Especial de Aporte No. 003 de 2012 adelantada por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar- ICBF.
Asimismo, se investiga a las personas naturales OLGA INÉS FLÓREZ PERTUZ identificada con cédula de ciudadanía No. 34.974.792; y al señor JOSÉ DE JESÚS CAMACHO GAMERO con cédula de ciudadanía No. 8.684.153 involucrados por presuntamente colaborar, facilitar, autorizar, ejecutar o tolerar los hechos o actuaciones constitutivas de las infracciones objeto de investigación, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 16 del artículo 4 del Decreto 2153 de 1992, modificado por el artículo 26 de la Ley 1340 de 2009.
Por lo tanto, en los términos previstos en el artículo 157 del Decreto 019 de 2012 el cual modificó el artículo 19 de la Ley 1340 de 2009, los competidores, consumidores o, en general, aquél que acredite un interés directo e individual en la presente investigación, dentro de los quince (15) días hábiles posteriores a la publicación de la apertura de la investigación en la página web de la Superintendencia de Industria y Comercio, podrá intervenir aportando las consideraciones y pruebas que pretendan hacer valer, al expediente radicado con el número 12-236429, el cual reposa en la Superintendencia de Industria y Comercio."
Documento de resumen: 12-236429.pdf