El examen que realiza el técnico medio en la materia respecto del nivel inventivo tiene como parámetro de referencia el estado de la técnica y el método problema solución exige que parta del conocimiento general que tiene sobre los documentos citados como antecedentes para realizar el cotejo comparativo junto con su apreciación de conjunto (Proceso 276-IP-2014. M.P. Luis José Diez Canseco Núñez. Pp. 11). De manera que para conceder el derecho de exclusividad sobre la materia contenida en un capítulo reivindicatorio, la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) debe realizar el análisis comparativo entre las características esenciales incluidas en las reivindicaciones y las enseñanzas del estado de la técnica más cercano.
La Delegatura para la Protección de la Competencia encontró que las investigadas implementaron políticas empresariales tendientes a obstruir la libre circulación de las facturas expedidas por sus proveedores. Dentro de estas, se habrían desplegado acciones tales como: i) retener el original de las facturas emitidas por sus proveedores para evitar que el acreedor endosara o pudiera poner a circular la factura; ii) exigir a los proveedores la emisión de facturas sin el lleno de los requisitos legales con el fin de que no constituyeran títulos valores y por ende no pudieran circular en el mercado de venta al descuento de las facturas; iii) imponer requisitos extralegales para la elaboración de las facturas; iv) obligar a los proveedores a negociar las facturas únicamente con un determinado factor (compañía de factoring o entidad financiera); y, v). obligar a sus proveedores a negociar o descontar facturas únicamente con ellas mismas (las investigadas), y por ende, no permitir el endoso descuento con terceros (empresas de factoring, entidades financieras u otras personas), so pena de aplicarles retaliaciones comerciales (penalizar, revisar o terminar la relación contractual).
La operación de concentración analizada consistió en la compra de acciones y activos de propiedad de HAMBURG SÜD, por parte de MAERSK. Mediante la compra, HAMBURG SÜD se convertirá en una línea de negocio dentro de MAERSK operada bajo la marca HAMBURG SÜD, ya existente. Como resultado de la transacción, MAERSK adquiriría el control exclusivo de HAMBURG SÜD, incluyendo los derechos y obligaciones mercantiles derivados de las actividades propias de la compañía y las marcas de propiedad de HAMBURG SÜD, para la prestación del servicio de transporte marítimo en contenedores.
La Delegatura para el Control y Verificación de Reglamentos Técnicos y Metrología Legal, resolvió el recurso de apelación interpuesto por la sociedad ECOPETROL, en calidad de titular del convenio de explotación Orito- instalación Batería Satélite, confirmando la sanción inicialmente impuesta.
La Superintendencia de Industria y Comercio en sentencia proferida en el marco de una acción de protección al consumidor declaró que la sociedad COLOMBIA TELECOMUNICACIONES E.S.P., vulneró los derechos del consumidor relacionados con el deber de información, al no haberle informado de manera oportuna que las políticas de uso de internet serían modificadas, situación que en varias oportunidades llevó a que el usuario no contará con el respectivo plan de datos en la forma ofrecida por la empresa.
La Superintendencia de Industria y Comercio, en sentencia proferida en el marco de una acción de protección al consumidor declaró que la sociedad AR CONSTRUCCIONES, incumplió con la efectividad de la garantía por violación a las normas de calidad, porque entregó a una consumidora un parqueadero que no cumplía las medidas mínimas establecidas en el Decreto 321 de 1992, situación que imposibilitaba su adecuado uso.