La Superintendencia de Industria y Comercio en sentencia proferida en el marco de una acción de protección al consumidor declaró que la sociedad COLOMBIA TELECOMUNICACIONES E.S.P., vulneró los derechos del consumidor relacionados con el deber de información, al no haberle informado de manera oportuna que las políticas de uso de internet serían modificadas, situación que en varias oportunidades llevó a que el usuario no contará con el respectivo plan de datos en la forma ofrecida por la empresa.
En atención a lo anterior, la Superintendencia ordenó el reembolso de las sumas de dinero pagadas por concepto de consumo de internet y además le impuso al demandado una multa equivalente a 3 SMLMV.
La Superintendencia de Industria y Comercio en sentencia proferida en el marco de una acción de protección al consumidor declaró que la sociedad COLOMBIA TELECOMUNICACIONES E.S.P., vulneró los derechos del consumidor relacionados con el deber de información, al no haberle informado de manera oportuna que las políticas de uso de internet serían modificadas, situación que en varias oportunidades llevó a que el usuario no contará con el respectivo plan de datos en la forma ofrecida por la empresa.