La Delegatura para el Control y Verificación de Reglamentos Técnicos y Metrología Legal, resolvió el recurso de apelación interpuesto por la sociedad ECOPETROL, en calidad de titular del convenio de explotación Orito- instalación Batería Satélite, confirmando la sanción inicialmente impuesta.
A partir de la evidencia objetiva que reposa en el expediente, se concluyó que la instalación eléctrica de la Batería Satélite, si bien era una construcción anterior al 1 de mayo de 2005 (entrada en vigencia del RETIE), debía garantizar en todo momento que no representaba alto riesgo o peligro inminente para la salud o la vida de las personas, animales o el medio ambiente, pues de advertir lo contrario, el propietario o tenedor de la instalación eléctrica debía adelantar las acciones correctivas necesarias para eliminar o mitigar el riesgo, actualizando la instalación bajo los requisitos del RETIE.
En este sentido, el Despacho logró demostrar a la recurrente, la clara presencia de situaciones de riesgo en la instalación de la Batería Satélite, por la ausencia de un sistema de pararrayos conforme a lo previsto en el RETIE vigente.
La Delegatura para el Control y Verificación de Reglamentos Técnicos y Metrología Legal, resolvió el recurso de apelación interpuesto por la sociedad ECOPETROL, en calidad de titular del convenio de explotación Orito- instalación Batería Satélite, confirmando la sanción inicialmente impuesta.