Superintendencia de Industria y Comercio

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La Delegada para la Propiedad Industrial negó la solicitud de registro de la marca figurativa que consistía en la representación del CADUCEO, solicitada en las clases 3, 5 y 10 de la Clasificación de Niza, al consistir en la incorporación del símbolo del caduceo sin contar con otros elementos, ortográficos y/o gráficos, que le permitieran al público identificar un producto con este signo y asociarlo con un origen empresarial determinado.

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2017
Octubre

El Superintendente Delegado para la Protección de la Competencia ordenó la apertura de investigación y formuló pliego de cargos en contra de 5 empresas y 7 personas naturales, por incurrir en el presunto acuerdo anticompetitivo al haber actuado presuntamente en contravía de las normas sobre la libre competencia económica, al haber afectado los procesos de selección LP-AMP-129-2016 y SA-SI-140-AG-2017, adelantados por COLOMBIA COMPRA EFICIENTE (CCE) y la Secretaría de Educación Distrital (SED) para la implementación del Programa de Alimentación Escolar (PAE).

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2017
Octubre

La denunciante señaló que la agencia de viajes DESTINO SIN LIMITES contactó a las personas que concurrían el centro comercial San Pedro Plaza para ofrecer premios en atención a las compras realizadas en el mismo y sin contar con una autorización previa, expresa e informada de los Titulares.

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2017
Octubre

La Superindustria cuenta con material probatorio, actualmente sujeto a reserva, que daría cuenta de la presunta existencia de una conducta sistemática encaminada al desvío masivo y deliberado de decenas de miles de boletas con fines de reventa de los partidos de fútbol en los que la Selección Colombia ha jugado en condición de local para las eliminatorias al Mundial de Fútbol Rusia 2018, en detrimento de los consumidores colombianos.

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2017
Octubre

En relación con el cobro de las revisiones, considera esta Oficina que cuando un consumidor acude ante al proveedor y/o productor con la intención de hacer efectiva la garantía, está ejerciendo un derecho que le asiste por ley y no puede pretenderse que esto pueda cobrársele a los consumidores. Esta situación podría parecer un castigo a su solicitud de garantía del producto, pues, la ley le garantiza que pueda acudir para obtener una reparación completamente gratuita.

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2017
Agosto

Si un producto está incluido dentro de los que puede solicitarse el retracto y no está cobijado por alguna de las excepciones de ley, el consumidor podrá solicitar el retracto pertinente y el productor y/o proveedor estará en la obligación de otorgarlo. Las únicas excepciones al derecho de retracto están contenidas en el artículo 47 de la Ley 1480 de 2011.

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2017
Agosto