El control metrológico aplicable a los surtidores, dispensadores y/o medidores de combustibles líquidos, utilizados para determinar la cantidad (volumen) de hidrocarburo que se expende y comercializa en las estaciones de servicio (EDS) vehicular y fluvial se reglamenta en la Resolución 77507 de 2016, modificada por la resolución 67760 de 2018.
La finalidad que tiene este reglamento técnico es reducir o eliminar la inducción a error a los consumidores en cuanto a la cantidad de combustible objeto de su decisión de compra en las estaciones de servicio de distribución minorista, y asegurar la calidad de las mediciones que proveen este tipo de instrumentos de medición.
Para cumplir este objetivo, el presente reglamento fija: