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Reglamentos Técnicos y Metrología Legal

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Registro de Productores e Importadores

 

¿Quiénes deben registrarse?

Los productores e importadores de productos (bienes o servicios) sujetos al cumplimiento de reglamentos técnicos cuyo control y vigilancia haya sido asignado a la Superintendencia de Industria y  Comercio.

¿Cuándo deben registrarse?

Antes de la puesta en circulación o a la importación de los productos sujetos a reglamentos técnico.

¿Qué cambios hay en el nuevo sistema?

El nuevo sistema de inscripción en el Registro de Productores e Importadores ha sido diseñado para brindar un mejor servicio a la comunidad. Entre las mejoras que encontramos están las siguientes:

  • Sólo se puede hacer el registro o la actualización de la información, por la página web www.sic.gov.co.
  • Ahora contamos con una validación en línea que nos permite verificar que los datos de las empresas ingresados en el registro son válidos. Si usted está inscribiendo una empresa, el sistema comprobará con su Número de Matrícula Mercantil datos como: Razón Social, Dirección, Teléfono, etc.  En caso de que la información suministrada no concuerde con la del registro mercantil, no podrá continuar el trámite de inscripción.
  •  La contraseña para hacer actualizaciones de su información ahora está asociada a su número de matrícula mercantil (para las empresas) o a su número de identificación (para personas naturales), lo cual garantiza que sólo usted podrá modificar la información de su registro.
  • Para agilizar algunos trámites, ahora es obligatorio que usted proporcione una cuenta de correo electrónico. Esta cuenta de correo tiene como propósito que usted pueda, entre otras cosas, recuperar su contraseña en caso de perderla. Por favor, asegúrese que la cuenta de correo que proporciona sea de una cuenta válida.
  • Todos los establecimientos de comercio de una misma razón social estarán asociados en un solo registro, y sólo contarán con un único número de registro.
  • Para las empresas prestadoras de servicios sujetos al cumplimiento de reglamentos técnicos que exijan el cumplimiento de competencias laborales para sus empleados, deberán, además de diligenciar sus datos, vincular a cada uno de los empleados con que cuentan. Para poder realizar esta operación, los empleados deben haber diligenciado su registro previamente.
  • En los casos de prestación de servicios sujetos a reglamento técnico que exige competencias laborales, cada persona natural es responsable de diligenciar su registro y seleccionar en el sistema los servicios que prestan. Por cada uno de los servicios seleccionados, el sistema comprobará en línea la información de los certificados de competencias laborales que ingresen, con la entidad que los emitió.
  • El Registro de Productores e Importadores tendrá un módulo de consulta pública, en la que cualquier ciudadano podrá encontrar mayor información acerca de las personas inscritas. 

¿Qué ocurre con la información previamente ingresada?

Toda persona debe actualizar sus datos en el nuevo sistema. La información del registro anterior se encontrará disponible para ser consultada por un periodo de 2 años a partir del 11 de Febrero de 2013. Es responsabilidad de los obligados actualizar su registro cada año.

¿Dónde realizo mi inscripción?

Para registrarte, por favor, ingresa al enlace que se encuentra a continuación:

Registro de Productores e Importadores de productos (bienes o servicios) sujetos al cumplimiento de reglamentos técnicos