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Telecomunicaciones

Superindustria sancionó a COMCEL por incumplimiento de ofrecimientos realizados por el área de fidelización.

La Dirección de Investigaciones de Protección de Usuarios de Servicios de Comunicaciones, mediante Resolución N° 27572 del 6 de mayo de 2021, sancionó a COMUNICACIÓN CELULAR S.A. COMCEL S.A. luego de determinar que la sociedad incumplió los ofrecimientos informados por el área de fidelización a los usuarios, los cuales estaban dirigidos a que estos desistieran de terminar el contrato. 

Así, luego de que la Dirección conociera las múltiples quejas de los usuarios de servicios fijos y móviles a los cuales el citado proveedor les hizo ofrecimientos de beneficios o mejoras en las condiciones de los servicios adquiridos, que luego terminaron siendo incumplidos, se evidenció que los usuarios resultaron defraudados en su confianza pues la sancionada no cumplió las ofertas de fidelización el los precisos términos que fueron informadas, ya que no se atendieron los tiempos de instalación, se facturaron sumas distintas a las ofrecidas, no se aumentaron las megas de internet, entre otros asuntos. Situación que, de una parte, denota el incumplimiento del proveedor de su obligación de cumplir a cabalidad las ofertas realizadas a los usuarios y, de otra, afecta gravemente lo esperado por los clientes al crear falsas expectativas. 

Por lo anterior, se encontró que COMUNICACIÓN CELULAR S.A. COMCEL S.A., incumplió la regulación del sector, toda vez que cualquier información u oferta que se ofrezca a los usuarios debe ser cumplida a cabalidad, so pena de vulnerarse los derechos de estos últimos. Así las cosas, se impuso al proveedor una multa de CUATROCIENTOS SETENTA Y DOS MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y TRES MIL QUINIENTOS VEINTE PESOS M/CTE ($472.433.520). 

Contra el acto administrativo sancionatorio procede el recurso de reposición ante la Directora de Investigaciones de Protección de Usuarios de Servicios de Comunicaciones y el de apelación ante la Superintendente Delegada para la Protección del Consumidor.