Superintendencia de Industria y Comercio

Top bar

logo presidencia

Logo SIC y Gobierno de Colombia

Se encuentra usted aquí

Banner boletin

Tramites y servicios menu secundario

Imagen contiene fotografía de una persona enviando y recibiendo mensajes de texto desde su celular.
Habeas Data

La supresión del Dato Personal procede en casos de publicidad o marketing

Un ciudadano manifestó haber solicitado a la sociedad Giros y Finanzas Compañía de Financiamiento S.A., que cesara el envío de mensajes de texto con fines publicitarios a su número de teléfono celular. Como respuesta a esa solicitud, la mencionada sociedad le aseguró que no volvería a recibir este tipo de mensajes; sin embargo, el ciudadano siguió recibiéndolos. Dicha empresa se demoró 15 meses y 20 días para garantizar el derecho del Titular del dato, excediendo el plazo legal para esos efectos (15 días hábiles).

No existe la obligación legal de las personas de recibir mensajes de datos, llamadas o correos electrónicos con fines de publicidad, marketing o prospección comercial. Quienes sean objeto de esas conductas comerciales pueden solicitar en cualquier momento al Responsable del Tratamiento la supresión de su información y el cese del envío de información con estos fines.

En este caso, la sociedad Giros y Finanzas Compañía de Financiamiento S.A., no cumplió debida y oportunamente el deber legal de eliminar la información del Titular. No puede convertirse en una práctica empresarial que el Titular del dato tenga que insistir varias veces para que se garantice el respeto de sus derechos. Con que se realice la solicitud por una sola vez es suficiente. Los derechos de los Titulares son para respetarlos y no para dilatar su cumplimiento o negar su efectividad en la práctica.