Esta Superintendencia, en su rol de autoridad nacional para la protección de datos personales, ratificó la sanción impuesta a COMUNICACIÓN CELULAR S.A. - COMCEL S.A. por tratar la base de datos de portabilidad numérica para fines diversos a los permitidos. Es decir, la sociedad responsable no le informó a los titulares las particularidades del tratamiento que estaba realizando y desconoció la finalidad original, única y restrictiva destinada por la ley para esa base de datos.
Esta autoridad reiteró que las bases de datos de portabilidad numérica sí contienen datos personales de carácter privado. De igual forma, le puso de presente a la sociedad que, a la fecha ha sido sancionada cuarenta y seis (46) veces por violaciones al régimen de protección de datos personales.