La Superintendencia de Industria y Comercio mediante Resolución No. 42815 del 6 de julio de 2022, sancionó a ALIANZA MAYORISTA S.A.S. (en adelante ALIMA), DISPRESCO S.A.S. (en adelante DISPRESCO) e INTERNACIONAL DE ABASTOS Y LICORES S.A.S. (en adelante INTERLICORES) al crear una UNIÓN TEMPORAL para ejecutar de manera continuada una serie de acuerdos y estrategias en el mercado de distribución de los licores, los cuales eran producidos por la FABRICA DE LICORES DE ANTIOQUIA (en adelante FLA) en el departamento de Antioquia. Dicha conducta fue realizada desde el año 2010 hasta la actualidad, vulnerando el artículo 1 de la Ley 155 de 1959.
Igualmente, se sancionó a cinco (5) personas naturales vinculadas con los agentes de mercado por haber tolerado, ejecutado, facilitado, colaborado o autorizado la conducta anticompetitiva. Por último, se ordenó a ALIMA, DISPRESCO e INTERLICORES “terminar de manera inmediata el contrato de UNIÓN TEMPORAL, así como todas las actividades desarrolladas a través de esta”.