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SIC sancionó a un agente comercializador de medicamentos por omitir el reporte de precios ante la plataforma del SISMED.

La Superintendencia de Industria y Comercio confirmó la sanción impuesta a un agente económico comercializador de medicamentos obligado a reportar los precios de venta, al corroborar que para los trimestres tercero y cuarto de 2016 omitió efectuar los correspondientes reportes en el término previsto por la norma para tales efectos.

 

En torno a lo discutido por el investigado, el Despachó esgrimió las razones por las cuales el principio de que nadie está obligado a lo imposible no tenía asidero en el caso bajo estudio, en el entendido que la imposibilidad invocada en el plano jurídico debería estar totalmente sustentada en el marco de una obligación irrazonable que superara la capacidad del sujeto obligado, lo cual en el caso concreto no se dio, por cuanto la justificación expuesta por el investigado como imposible, recaía en el hecho de las dificultades tenidas con el tercero contratado para efectuar los reportes en la plataforma, es decir se trataba de un asunto totalmente atribuible al giro ordinario de sus negocios.

 

Aunado a lo anterior, el material probatorio obrante en el plenario permitió evidenciar que el agente económico responsable del reporte solo requirió al tercero una vez le fue iniciada la investigación en su contra. En este escenario, el Despacho recordó la importancia de realizar los reportes en el lapso de tiempo establecido por la norma, dado el impacto que ello tiene en la formulación de las políticas de regulación de precios de medicamentos en el país.