Superintendencia de Industria y Comercio

Top bar

logo presidencia

Logo SIC y Gobierno de Colombia

Se encuentra usted aquí

Tramites y servicios menu secundario

Superindustria multa a IPS UNIVERSITARIA por la venta de medicamentos por encima de los precios máximos establecidos por el Gobierno Nacional

Superindustria multa a IPS UNIVERSITARIA por la venta de medicamentos por encima de los precios máximos establecidos por el Gobierno Nacional
  • Las sanciones impuestas por la Superintendencia de Industria y Comercio a la IPS UNIVERSIDAD DE ANTIOQUIA “IPS UNIVERSITARIA” ascienden a una suma cercana a los $ 600 MILLONES de pesos. 
  • La Superindustria adoptó las decisiones sancionatorias, luego de verificar que la IPS UNIVERSITARIA vendió, entre los meses de mayo de 2015 y mayo de 2016, diez (10) medicamentos por encima de los precios máximos establecidos por la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos y Dispositivos Médicos en la Circulares 06 de 2013, y el Ministerio de Salud y Protección Social en la Resolución 718 de 2015.
  • La Superindustria pudo evidenciar que la IPS UNIVERSITARIA vendió medicamentos que superan en MÁS de un dos mil trescientos por ciento (2.300 %) el valor máximo permitido por el Gobierno Nacional.
  • Dentro de la lista de medicamentos se encuentran algunos para el tratamiento de enfermedades como VIH, Diabetes, Parkinson, Esquizofrenia, así como para trasplantes de órganos.
  • Las investigaciones se iniciaron de oficio y se adelantaron en el marco del régimen de control directo de precios máximos de venta para algunos medicamentos que se comercializan, tanto en el canal institucional como en el canal comercial del mercado farmacéutico.
  • La Superintendencia de Industria y Comercio seguirá adelantando investigaciones a los diferentes agentes del mercado que comercializan medicamentos que tienen precio regulado, para garantizar más recursos para la salud de los colombianos.

 

Bogotá D.C., jueves 10 de mayo de 2018

La Superintendencia de Industria y Comercio, mediante las Resoluciones No. 25246 y No. 25247 de abril de 2018, impuso sanciones que ascienden a la suma de QUINIENTOS OCHENTA Y NUEVE MILLONES CINCUENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y OCHO PESOS ($589.056.468), a la IPS UNIVERSIDAD DE ANTIOQUIA “IPS UNIVERSITARIA”, por incumplir la Circular 06 de 2013 y la Resolución 718 de 2015, emitidas por la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos y Dispositivos Médicos y por el Ministerio de Salud, respectivamente, en virtud de las cuales se establecieron precios máximos de venta para algunos medicamentos que se comercializan en el país.

 

El caso

Las decisiones de la Superintendencia de Industria y Comercio, se adoptaron de oficio después de verificar la información correspondiente a las operaciones comerciales que la IPS UNIVERSITARIA efectuó entre los meses de mayo de 2015 a mayo de 2016, donde se encontró que vendió a diferentes clientes del canal institucional, diez (10) medicamentos en distintas presentaciones, a precios que superaban los máximos fijados por el Gobierno Nacional a través de la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos y Dispositivos Médicos. 

A manera de ejemplo, el medicamento KALETRA de 200 mg caja por 120 cápsulas, identificado con el CUM 19967068-01, cuyo precio máximo establecido en la Circular 06 de 2013 es de $900 por unidad (cápsula), excedió hasta en un dos mil trescientos treinta y cuatro por ciento (2.334%) el valor permitido, toda vez que fue comercializado a $ 21.916 la unidad

Los medicamentos que se vendieron por encima de los precios regulados son utilizados en tratamientos contra el VIH, trasplante de órganos, diabetes, carcinoma de células renales, artritis reumatoidea, parkinson, esquizofrenia y esclerosis múltiple, entre otras enfermedades como se ilustra en la siguiente tabla:

 

 
 

Las sanciones

Las sanciones impuestas por la Superintendencia de Industria y Comercio tienen como propósito fundamental, brindar una protección efectiva a los derechos fundamentales tales como la salud y la vida, que se ven comprometidos debido al acceso no oportuno a los medicamentos por parte de los pacientes que los requieren para el tratamiento de sus enfermedades en razón a la insuficiencia financiera del sistema de salud para proporcionarlos.

En la decisión se enfatizó que el régimen de control de precios vigente es de obligatorio cumplimiento para todos los agentes de la cadena de comercialización de medicamentos, ya que desde las transacciones realizadas por los productores y distribuidores al sistema de salud y las ventas al por mayor en el canal comercial, se deben respetar los precios máximos señalados por el Gobierno Nacional.

 

Procedencia de recursos 

Las sanciones impuestas por la Superintendencia de Industria y Comercio son de primera instancia, y contra las mismas proceden los recursos de reposición y apelación ante la Superintendencia.

 

¡Superintendencia de Industria y Comercio,
valoramos lo que tú valoras!