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Superindustria sanciona cartel en procesos de contratación estatal para mantenimiento y adecuación de instalaciones

Bogotá D.C., 16 de junio de 2021. La Superintendencia de Industria y Comercio, en su rol de Autoridad Única de Competencia, impuso multas por un valor de NOVECIENTOS CINCUENTA Y SEIS MILLONES OHOCIENTOS SESENTA MIL QUINIENTOS CUARENTA PESOS ($956.860.540) a las empresas SERVICIOS INTEGRALES DE INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN S.A.S. – SIINCO S.A.S., ALCALÁ & ESPINOSA DISEÑO Y CONSTRUCCIÓN LTDA., EMERSON ESCAMILLA MURTE, EEM INGENIERÍA ELÉCTRICA, CIVIL Y DE TELECOMUNICACIONES S.A.S., ERJAR Y CIA. S.A.S., ARQUITECTURA INGENIERÍA CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS DE COLOMBIA LTDA. - ARKING COLOMBIA LTDA., C&Z INGENIEROS CIVILES S.A.S. y ARIETE INGENIERÍA & CONSTRUCCIÓN S.A.S. 

Las multas se impusieron tras comprobarse que las empresas sancionadas violaron las normas de protección a la libre competencia en procesos de selección contractual, adelantados por distintas entidades estatales para el mantenimiento y adecuación locativa de instalaciones.   

En este caso también fueron sancionadas ocho (8) personas naturales por haber colaborado, facilitado, autorizado, ejecutado o tolerado la conducta anticompetitiva.

EL CASO

La Superintendencia de Industria y Comercio encontró acreditada la existencia de un acuerdo ilegal entre SIINCO, ALCALÁ & ESPINOSA, EMERSON ESCAMILLA MURTE, EEM, ERJAR, ARKING, C&Z y ARIETE, cuya finalidad era la participación coordinada de la mayor cantidad de empresas “aliadas” en distintos procesos de selección contractual del Estado adelantados entre 2015 y 2017. Este acuerdo fue desarrollado y ejecutado a través de una dinámica conformada por las siguientes actividades:

●    Coordinación en las manifestaciones de interés en varios procesos de selección contractual adelantados por distintas entidades del Estado y que a su vez comprendía varias acciones: (i) búsqueda centralizada de los procesos de selección contractual; (ii) análisis conjunto de los respectivos pliegos de condiciones; (iii) determinación de las empresas que presentarían manifestación de interés y (iv) elaboración y envío coordinado de las manifestaciones de interés.     
●    Coordinación en la elaboración y presentación de ofertas en los distintos procesos de selección contractual, actividad que era desarrollada de manera centralizada.  
●    Centralización en la solicitud y obtención de pólizas de seriedad de las ofertas, en los distintos procesos de selección contractual adelantados por entidades del Estado en los que los investigados se presentaban y adquirían la calidad de proponentes.
●    Subsanación coordinada de los requisitos habilitantes para las propuestas presentadas en los distintos procesos de selección contractual en los que participaban de manera aparentemente independiente.

De acuerdo con el material probatorio que demostró cada una de las actividades de la dinámica anticompetitiva, la Superindustria también encontró evidencia de un constante seguimiento a los procesos de selección contractual en los que los infractores se presentaban de manera coordinada. Este seguimiento fue adelantado a través de “cuadros de mando” en archivos Excel. Además, se encontró material probatorio que demuestra la consciencia que tenían algunos de los infractores sobre la ilicitud de su conducta. Así, fueron encontradas conversaciones de WhatsApp sostenidas durante las diligencias practicadas por la Delegatura para la Protección de la Competencia, en las que efectuaban indicaciones de cómo debían responder ante dichas visitas y señalaban que eran para revisar la posible comisión de una conducta colusoria en procesos de contratación del Estado. 

MULTAS

La Superintendencia de Industria y Comercio impuso las siguientes multas a los investigados:

 

 

Infractores

1

SERVICIOS INTEGRALES DE INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN S.A.S. – SIINCO S.A.S

$76.818.600

2

ALCALÁ & ESPINOSA DISEÑO Y CONSTRUCCIÓN LTDA.

$79.015.920

3

EMERSON ESCAMILLA MURTE

$87.369.420

4

EEM INGENIERÍA ELÉCTRICA, CIVIL Y DE TELECOMUNICACIONES S.A.S.

$56.712.900

5

ERJAR Y CIA S.A.S.

$159.423.720

6

ARQUITECTURA INGENIERÍA CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS DE COLOMBIA LTDA.

$3.727.800

7

C&Z INGENIEROS CIVILES S.A.S.

$58.284.273

8

ARIETE INGENIERÍA & CONSTRUCCIÓN S.A.S.

$76.297.740

Personas naturales

1

JOHANNA ANDREA VILLAMIL FERRUCCIO

$19.348.960

2

LUIGI FABIÁN ALCALÁ ESPINOSA

$7.003.840

3

CARLOS MARIO RAMÍREZ RODRÍGUEZ

$18.276.447

4

EMERSON ESCAMILLA MURTE

$29.123.140

5

ORLANDO FEDERICO POLO OSPINO

$15.452.151

6

JAIME ALFONSO ARIAS MURAD

$219.431.040

7

JOHAN CHÁVES REDONDO

$20.019.289

8

CARLOS AUGUSTO DÍAZ HERRERA

$30.555.300

TOTAL SANCIONES

$956.860.540

RECURSOS

Contra la decisión procede recurso de reposición ante el Superintendente de Industria y Comercio.
 

Resolución 


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