Superintendencia de Industria y Comercio

Top bar

logo presidencia

Logo SIC y Gobierno de Colombia

Se encuentra usted aquí

Tramites y servicios menu secundario

persona usando una tableta con un mundo virtual

Superindustria abre investigaciones a Nanocred Colombia, propietaria de “Profin app”, por presuntas violaciones de los derechos de los consumidores y el régimen de datos personales

Bogotá D.C., 12 de mayo de 2022. La Superintendencia de Industria y Comercio, en su rol de Autoridad Nacional de Protección al Consumidor y de Protección de Datos Personales, ABRIÓ investigaciones administrativas en contra de NANOCRED COLOMBIA S.A.S., identificada con el NIT. 901.400.887-0, por las presuntas vulneraciones al régimen de protección al consumidor, en el marco de las operaciones de crédito que realiza a través de la aplicación “PROFIN”.  

En el marco de la investigación de protección al consumidor, esta inició como consecuencia de una averiguación preliminar que incluyó requerimientos de información y visitas de inspección al establecimiento de comercio en donde opera la sociedad NANOCRED COLOMBIA S.A.S. y a la aplicación “PROFIN”, la Superintendencia de Industria y Comercio encontró mérito para iniciar investigación administrativa contra esta sociedad, al evidenciar que en al menos 20 créditos se estaría realizando el cobro de intereses a los consumidores por encima del límite legalmente permitido. Otras de las infracciones en las que estaría incurriendo la investigada son:  

  1. Información engañosa, al indicar a los consumidores que el cargo por el uso de la plataforma es “opcional”, cuando aparentemente, el cobro se realiza de manera automática por el sistema y los consumidores no tienen la posibilidad de renunciar a tal cobro.  En igual sentido, por no suministrar información suficiente, precisa y oportuna en el contrato de préstamo, en relación con los descuentos que se brindarán a los consumidores por el uso de la plataforma.  
  2. Publicidad engañosa, al incluir la afirmación “PROFIN es una marca vigilada por la SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO (SIC). Por eso mismo cuentas con la tranquilidad de que, nuestro servicio está completamente reglamentado y avalado”, por cuanto no es función de esta Superintendencia vigilar marcas ni otorgar avales para el desarrollo de las actividades comerciales a las que hace referencia la investigada. 
  3. Falta de información, al no suministrar al consumidor la información que debe constar por escrito relacionada con el lugar de la suscripción del contrato, el domicilio de la sociedad y la tasa de interés máxima legal vigente al momento de la celebración del contrato.   
  4. Usura, al cobrar en las operaciones de crédito intereses por encima del límite máximo establecido por la Superintendencia Financiera de Colombia.  
  5. Información incompleta, al no suministrar a los consumidores, dentro de la aplicación “PROFIN APP”, los datos acerca del nombre y número de identificación tributaria de NANOCRED COLOMBIA S.A.S., ni su dirección de notificación judicial. Así mismo, por no suministrar información clara a los consumidores respecto a los servicios que ofrecen, ni las características de estos.   
  6. No contar con mecanismos de atención de PQRS, al no disponer de mecanismos para que los consumidores puedan radicar sus peticiones, quejas y reclamos, con fecha y hora de radicación y un mecanismo para su seguimiento, ni de un enlace visible para que los consumidores puedan ingresar a la página de la Superintendencia de Industria y Comercio. 
  7. No atender los requerimientos de información realizados por la Autoridad, lo cual podría configurarse como una violación a las órdenes impartidas e incumplimiento de instrucciones por parte de esta Superintendencia. 

Finalmente, se recuerda a los consumidores que, en el marco de las competencias para vigilar las operaciones mediante sistemas de financiación, esta Superintendencia NO otorga ningún aval frente al cumplimiento de la normatividad por parte de estos comercios electrónicos o aplicaciones, por lo que, en caso de advertir el uso de proclamas en tal sentido, los consumidores podrán acudir a esta Autoridad para denunciar dicha situación.    

De confirmarse la vulneración por parte de NANOCRED COLOMBIA S.A.S. de lo señalado en los cargos imputados, se podrán imponer multas hasta por 2.000 SMMLV por cada violación. 

INVESTIGACIÓN POR PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES

La Delegatura de Datos Personales de la Superintendencia de Industria y Comercio, abrió investigación a la empresa NANOCRED COLOMBIA S.A.S, propietaria de la aplicación “PROFIN”, al evidenciar que presuntamente mediante dicha aplicación se recolectan datos personales y de carácter sensible durante la solicitud de créditos digitales, sin contar presuntamente, con la autorización previa y expresa e informada y sin que los titulares de los datos otorguen la autorización previa y expresa, así mismo se evidenció que presuntamente no se les informen las finalidades específicas para las cuales se recolectan sus datos ni los derechos que les asisten en virtud de dicha autorización, en los términos señalados por la Ley 1581 de 2012. 

Adicionalmente, se evidenció, de manera preliminar, que la investigada, en el ejercicio de la gestión de cobranza, contacta a las personas cuyos datos son suministrados por el solicitante del crédito a modo de referencia, sin contar con la autorización previa, expresa e informada de éstas. 

De llegarse a comprobar la violación al Régimen de Protección de Datos Personales, la investigada podrá ser sancionada con multas de carácter personal e institucional hasta por 2.000 SMLV y/ o la suspensión de las actividades de tratamiento de datos personales o el cierre inmediato y definitivo de la operación que involucre el tratamiento de datos sensibles. 

Contra los actos administrativos de formulación de cargos NO procede ningún recurso. 

 

¡Superintendencia de Industria y Comercio, 

confianza que construye progreso! 

Noticia
Académico
Consumidor
Empresarial
General
Gobierno
Internacional