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Señores consumidores: si no logran conciliar, la SIC les enseña cómo demandar

Ante conflictos relacionados con protección al consumidor, conciliar debería ser la regla y no la excepción. Sin embargo, en caso de que la etapa de conciliación se agote sin llegar a un acuerdo con el proveedor o productor del bien o servicio sobre el cual se tienen inconformidades, presentar una demanda ante la SIC es una alternativa sólida de administración de justicia mediante la cual los jueces de la SIC deciden sobre acciones de protección al consumidor contempladas en el Estatuto del Consumidor (Ley 1480 de 2011).

De esta forma, si un consumidor tiene problemas relacionados con la efectividad de la garantía de un bien o un servicio, con publicidad e información engañosa, con la contratación de un servicio que supone la entrega de un bien, o con cualquier otra circunstancia contemplada dentro de las normas especiales de protección al consumidor debe, en primer término, reclamar al proveedor por cualquiera de los canales que este haya dispuesto para tal fin.

Si después de 15 días hábiles el consumidor no recibe respuesta o si no está de acuerdo con la misma, la Superindustria le recomienda verificar si el proveedor con el que se presenta el conflicto se encuentra inscrito en el programa SIC Facilita, una herramienta virtual en donde la SIC actúa como facilitadora para que consumidores y proveedores alcancen acuerdos sobre reclamaciones relacionadas con derechos del consumidor.

Agotado este recurso, si finalmente no se llega a una conciliación, el consumidor puede presentar una demanda ante la Delegatura de Asuntos Jurisdiccionales de la Superintendencia de Industria y Comercio.

Si bien el término ‘demandar’ genera cierto nerviosismo en los ciudadanos, los consumidores colombianos deben saber que este proceso no necesita de un abogado cuando las pretensiones no superan los 40 salarios mínimos mensuales legales vigentes, aunque sí deben cumplirse los requisitos mínimos para su presentación, por lo que la SIC informa de manera sencilla y clara la forma correcta de presentar una demanda para que sea admitida sin contratiempos ante los jueces de la SIC.

La Superintendencia de Industria y Comercio cuenta con los siguientes canales virtuales para que los consumidores presenten las demandas: a través del correo electrónico contactenosic.gov.co o en la página web de la SIC. De igual forma, nuestros usuarios pueden hacerle seguimiento a los procesos a través del sitio web institucional.

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