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Problemas en la prestación de un servicio

Prestación de un servicio en el que se entrega un bien (lavandería, parqueadero, servicios técnico electrodomésticos)

¿A qué tipo de servicios se refiere cuando se habla de prestación de servicios que suponen la entrega de un bien por parte del consumidor?

La prestación de servicios que suponen la entrega de un bien se refiere a aquellos casos en los cuales el consumidor debe entregar un bien respecto del cual se desarrollará la prestación de un servicio. Algunos ejemplos son la reparación de vehículos, electrodomésticos, lavanderías, parqueaderos, entre otros.

¿Qué debe contener el recibo que expida el prestador del servicio?

Quien preste servicios que suponen la entrega de un bien respecto del cual se desarrolla la actividad, debe expedir un recibo donde conste como mínimo, lo siguiente:

  • Nombre o razón social del prestador del servicio.
  • No. de identificación del establecimiento (NIT).
  • Dirección y teléfono del establecimiento.
  • Nombre del propietario o de quien hace la entrega.
  • Dirección y teléfono del propietario o de quien hace la entrega.
  • Número de recibo.
  • Fecha y hora de la recepción.
  • Identificación del bien.
  • Indicación expresa de los defectos o averíos del bien y sus accesorios.
  • Clase de servicio.
  • Plazo para la prestación del servicio.
  • Valor del servicio, así como las sumas que se abonan como parte del precio.
  • Término de caducidad.

¿Las anotaciones en los recibos en las que se consigna que no hay garantía sobre el servicio prestado, son válidas?

Conforme con lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley 1480 de 2011, todo productor y/o expendedor  de bienes y servicios debe responder por la calidad,  idoneidad y seguridad de los productos que pone en el mercado. En este sentido, toda prestación de servicios que supone la entrega de un bien tiene garantía legal.

No obstante, respecto de la prestación de servicios de reparación, el artículo 8 de la Ley 1480 de 2011 establece que pueden ser prestados sin garantía, circunstancia que debe ser informada y aceptada por escrito claramente por el consumidor.  En caso contrario, se entenderá que el servicio tiene garantía de tres meses contados a partir de la entrega del bien a quien solicitó el servicio.

¿Cuál es la obligación derivada de la garantía para los prestadores de servicios que suponen la entrega de un bien por parte del consumidor, cuando con ocasión del servicio prestado, el bien sufre deterioro total o parcial?

De conformidad con el numeral 9 del artículo 11 de la Ley 1480 de 2011, en caso de que el bien objeto de la prestación sufra pérdida, variación o algún deterioro, el prestador del servicio deberá reparar el bien, sustituirlo por otro de las mismas características o pagar su equivalente en dinero, el cual se determinará atendiendo las características, estado y tiempo de uso por parte del consumidor.

¿Quién es el responsable por el cuidado de los bienes respecto del cual recae la actividad objeto de la prestación del servicio?

Conforme el numeral 2 del artículo 18 de la Ley 1480 de 2011, el prestador del servicio, asume la custodia y conservación adecuada del bien y por lo tanto, de la integridad de los elementos que lo componen, así como la de sus equipos anexos o complementarios si los hubiere, salvo las anotaciones expresas referentes a defectos o averías del bien y sus accesorios en el momento de recibir el mismo.

Por ejemplo, en el caso de las prendas dejadas en la lavandería el prestador del servicio debe garantizar las condiciones de calidad e idoneidad propias del servicio dentro de las cuales se encuentra el conocimiento y aplicación de las condiciones de lavado propias para las prendas respecto de las cuales se suministre el servicio.

De igual forma, la persona natural o jurídica que presta el servicio de lavadero de automotores tiene la obligación de custodia y de restitución de la totalidad de los elementos que hacen parte integrante del vehículo, como de sus equipos anexos o complementarios, si los hubiere.

¿Cómo puede el prestador del servicio exonerarse en caso de que el bien sufra algún deterioro?

En caso que el bien objeto de la prestación sufra pérdida o deterioro, el prestador del servicio únicamente se podrá exonerar probando alguna de las causales de exoneración previstas en el artículo 16 de la Ley 1480 de 2011.

¿Puede solicitar un consumidor la reparación de los daños causados a los bienes en la celebración de un contrato de prestación de servicios que supone la entrega de un bien?

Sí. Conforme con el artículo 56 numeral 3 de la Ley 1480 de 2011, cuando el bien objeto de la prestación del servicio sufra algún daño, el consumidor podrá exigir la reparación del bien, sustituir el bien por otro de las mismas características o pagar su equivalente en dinero en caso de destrucción parcial o total causada con ocasión del servicio defectuoso.

¿Qué espera un consumidor cuando contrata un servicio de lavandería?

Un consumidor cuando contrata un servicio de lavandería espera que dicho servicio sea brindado utilizando los medios adecuados para cada tipo de tela, y que la prenda le sea devuelta sin presentar ninguna clase de daño (manchas, rasgaduras, desteñidos, etc.). De igual forma, espera que con anterioridad a la prestación del servicio se le informe si con los métodos utilizados para el lavado, la prenda puede llegar a sufrir algún deterioro con el fin de que decida si acepta o no el servicio.

¿Se presume que la prenda dejada para lavar es entregada por el consumidor en perfectas condiciones?

Sí. El prestador del servicio debe dejar constancia del estado en que la prenda le es entregada para su lavado, pues en caso de que no exista ninguna anotación, se presume que se encontraba en buenas condiciones al ser entregada para su lavado.

¿Qué plazo tiene el prestador de servicio para devolver el bien entregado por el consumidor?

Independientemente de que se haya o no cumplido con la prestación del servicio contratado, el prestador de servicios deberá devolver el bien al consumidor dentro del plazo establecido en el recibo. En el evento en que no se haya cumplido con el servicio contratado el consumidor tendrá derecho a la devolución de las sumas canceladas como parte del precio.

¿Cuándo se ofrece un servicio de parqueadero, cuál es la obligación del prestador del servicio?

Cuando se contrata un servicio de parqueadero en el cual se entrega un vehículo para que sea guardado y luego restituido, independientemente de que por ello se pacte una remuneración o no, se entiende que quien presta el servicio asume la custodia y conservación del vehículo, así como la de sus equipos anexos o complementarios, si los tiene.

Cuando se trata de zonas de parqueo gratuito, el prestador del servicio responderá por los daños causados cuando medie dolo o culpa grave. En los casos de servicio de parqueadero oneroso, el prestador del servicio deberá demostrar la ocurrencia de alguna causal de exoneración de la responsabilidad.

¿Qué ocurre si el consumidor no acude en el plazo establecido a retirar el bien objeto de la prestación del servicio?

Pasado un mes a partir de la fecha prevista para la devolución del bien o para manifestar la aceptación o rechazo de la prestación del servicio sin que el consumidor acuda a retirar el bien, el prestador del servicio lo requerirá para que lo retire dentro de los dos meses siguientes a la remisión de la comunicación. Si el consumidor no lo retira, se entenderá por ley que abandona el bien y el prestador del servicio deberá disponer del mismo conforme con la reglamentación que expida el Gobierno nacional para el efecto.

En este caso, el consumidor deberá asumir los costos asociados al abandono del bien, tales como almacenamiento, bodegaje y mantenimiento.  Así mismo, el prestador del servicio no podrá lucrarse económicamente del bien, explotarlo, transferir el dominio o conservarlo para sí mismo.