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Superindustria formula Pliego de Cargos contra el candidato al Senado Jose Francisco García Calume (“Jocho García”) por presunto engaño en recolección de datos personales

Superindustria formula Pliego de Cargos contra el candidato al Senado Jose Francisco García Calume ("Jocho García") por presunto engaño en recolección de datos personales

  • La Superindustria hace un llamado de advertencia a todos los candidatos al Congreso de la República para que cualquier recolección de información personal hecha con fines proselitistas se adelante con apego a la Ley General de Protección de Datos Personales y respetando el derecho fundamental de hábeas data de los ciudadanos.

  • La decisión contra José Francisco García Calume ("Jocho García") fue motivada por la presunta recolección engañosa de información personal en su campaña de elección al Senado de la República, en la que se ofrecía acceso al Programa de Vivienda Gratuita del Gobierno Nacional.

  • El Pliego de Cargos se formuló con ocasión de las denuncias elevadas por la Defensoría del Pueblo y el Ministerio de Vivienda.

  • Las multas por violación a la Ley 1581 de 2012 (Ley General de Protección de Datos Personales) pueden ascender hasta DOS MIL SALARIOS MÍNIMOS LEGALES MENSUALES VIGENTES (2.000 SMLMV) equivalentes a MIL DOSCIENTOS TREINTA Y DOS MILLONES DE PESOS (1.232 millones).



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La Dirección de Investigación de Protección de Datos Personales de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), mediante Resolución No. 8394 del 17 de febrero de 2014, formuló Pliego de Cargos contra José Francisco García ("Jocho García"), candidato al Senado de la República en las elecciones parlamentarias del 9 de marzo de 2014, por la presunta recolección de información personal de sus potenciales electores con mensajes engañosos y sin contar con consentimiento previo, expreso e informado de los ciudadanos.

El Pliego de Cargos por parte de la Superindustria se produjo como consecuencia de las denuncias interpuestas por la Defensoría del Pueblo y el Ministerio de Vivienda en las que se advirtió la circulación de un formulario de recolección de información que de manera engañosa, le daba a entender a los firmantes que serían beneficiarios del Programa de Vivienda Gratuita del Ministerio de Vivienda, hechos que fueron públicamente recogidos por varios medios de comunicación nacionales y regionales.

Según la denuncia presentada por el Defensor del Pueblo, entre el 9 y el 10 de febrero de 2014 se publicó en las redes sociales una foto correspondiente a un formulario que al parecer viene utilizando el candidato al Senado José Francisco García ("Jocho García"), para recolectar datos personales dentro de la campaña a dicha célula legislativa. El formulario de recolección de información personal está encabezado con la leyenda "Queremos ser beneficiarios de VIVIENDA GRATIS" e incluye espacios en blanco para ser llenados con los siguientes datos: (i) Nombre; (ii) apellidos; (iii) cédula; (iv) estado civil; (v) profesión u oficio; (vi) nombre del cónyuge; (vii) número de hijos; (viii) número de hijos; (ix) dirección; (x) municipio; y, (xi) teléfono. Así mismo, según la denuncia, y tal como se muestra en la siguiente imagen, la parte posterior del formulario incluye el nombre del candidato, el logotipo del partido político y el número de votación asignado al candidato en el tarjetón electoral (88).

 

La Superintendencia de Industria y Comercio, con base en la información aportada con las respectivas denuncias, observó de forma preliminar que la información fue recogida valiéndose de artificios que indujeron a error a quienes la suministraron, pues ante la frase "Queremos ser beneficiarios de VIVIENDA GRATIS" es probable que un ciudadano concluya que su información personal será usada para acceder a un programa de beneficios y ayudas en materia de vivienda, y no para elaborar una base de datos con fines exclusivamente proselitistas.

La investigación que adelanta la SIC se orientará a determinar si la recolección de información hecha por José Francisco García ("Jocho García") constituye o no una violación al deber establecido por el artículo 12 de la Ley 1581 de 2012 según el cual, en el momento de solicitar la autorización de recolección de datos personales de un Titular, éste debe ser informado de manera clara y expresa sobre "el tratamiento al cual serán sometidos sus datos personales y la finalidad del mismo".

La Superintendencia de Industria y Comercio hace un llamado de advertencia a todos los candidatos a cargos de elección popular para que cualquier recolección de información personal hecha con fines proselitistas se adelante con apego a la Ley 1581 de 2012 (Ley General de Protección de Datos Personales), so pena de las sanciones establecidas en las normas vigentes, que pueden ascender hasta DOS MIL SALARIOS MÍNIMOS LEGALES MENSUALES VIGENTES (2.000 SMLMV) equivalentes a MIL DOSCIENTOS TREINTA Y DOS MILLONES DE PESOS (1.232 millones).

Ciudad: 
Bogotá