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Superindustria expide Guía para la Gestión de Incidentes de Seguridad en el Tratamiento de Datos Personales

21 Diciembre, 2020

Superindustria expide Guía para la Gestión de Incidentes de Seguridad en el Tratamiento de Datos Personales

La Superintendencia de Industria y Comercio y su Delegatura para la Protección de Datos Personales lanzaron la “Guía para la Gestión de Incidentes de Seguridad en el Tratamiento de Datos Personales”, un documento con sugerencias para los responsables y encargados del tratamiento de datos, que presenta varias herramientas útiles a la hora de afrontar incidentes de seguridad que afecten los Datos Personales bajo su custodia.

La Guía muestra adicionalmente, cómo gestionar estos incidentes y plantea la necesidad de tener presentes factores como el diseño de las actividades del tratamiento, el complemento de las políticas de seguridad de la información y protección de datos; y la ética corporativa de las empresas.

El documento explica también cómo actuar ante los reportes de incidentes de seguridad cuando se acude a encargados del tratamiento, la conservación de registros internos, el protocolo de respuestas en el manejo de incidentes de seguridad y sus medidas preventivas dentro de una organización, y, enseña la importancia de contar con un equipo de respuesta ante estos eventos.

El contenido plasmado en esta Guía está basado en el marco normativo de la Ley 158 de 2012, la cual establece que, la información sujeta a tratamiento por el responsable o encargado de este, se deberá manejar con las medidas técnicas, humanas y administrativas que sean necesarias para otorgar seguridad a los registros evitando su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento.

Así mismo, en su artículo 19 dicha ley resalta que: “La Superintendencia de Industria y Comercio, a través de una Delegatura para la Protección de Datos Personales, ejercerá la vigilancia para garantizar que en el tratamiento de datos personales se respeten los principios, derechos, garantías y procedimientos previstos en la presente ley”.

Por esta razón, el principio y el deber de seguridad como medida preventiva obliga a los responsables o encargados del tratamiento a adoptar las medidas necesarias para evitar posibles afectaciones a la seguridad de los datos. Sin embargo, en caso de que estas medias fallen las organizaciones deben estar preparadas para mitigar los riesgos y daños que se pueden causar a los derechos y libertades fundamentales de los Titulares y a las organizaciones mismas.

Finalmente, la Superindustria aclaró que, si bien la Guía comprende los temas más relevantes en el tema de incidentes de seguridad para tratamiento de datos, es importante que los interesados consulten toda la normativa vigente sobre la materia para adoptar medidas específicas dependiendo las particularidades de cada organización.
 

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