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Superindustria arranca ofensiva contra prestamistas usureros

Superindustria arranca ofensiva contra prestamistas usureros
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Superindustria arranca ofensiva contra prestamistas usureros

  • La Superindustria sancionó a la sociedad prestamista BCI EMPRESAS S.A.S. (propietaria de los establecimientos Anticipos Express) con una multa superior a $ 1.200 millones de pesos por cobrar intereses usureros que en algunos casos excedían hasta 250 veces el límite de los intereses máximos permitidos por la ley.
  • La Superindustria advirtió en su investigación que la sociedad prestamista BCI EMPRESAS S.A.S. (Anticipos Express) pretendía ocultar el verdadero negocio celebrado con sus clientes, denominando los contratos de forma amañada como “contrato de anticipo de flujos futuros” cuando en realidad se trataba de contratos de mutuo o préstamos de dinero, con el fin de evadir las normas que en Colombia fijan límites a las tasas de interés y evitar que las autoridades catalogaron su actividad como usurera.
  • BCI EMPRESAS S.A.S. (Anticipos Express) ejecutaba su modelo de negocios en Colombia mediante la compra de los salarios y mesadas pensionales de los colombianos, lo cual es ilegal por expresa disposición del Código Sustantivo del Trabajo[1]. Los salarios en Colombia pueden servir como garantía de pago de obligaciones de préstamos de dinero sometidos a los límites de la tasas de interés, pero no pueden estar sometidos a compra-venta.
  • La Superintendencia de Industria y Comercio informa la existencia de otras investigaciones contra empresas prestamistas que estarían abusando de los colombianos con bajo nivel de ingreso, necesidades de crédito y nula capacidad de ahorro. La usura atenta contra los ingresos de los colombianos menos favorecidos y los atrapa en el círculo vicioso de la pobreza. Por esta razón, vigilar las tasas con que se presta dinero a los colombianos por parte empresas no vigiladas por la Superintendencia Financiera es también una prioridad del Gobierno Nacional.
  • Adicionalmente, la Superindustria adoptó las siguientes decisiones:
    • Ordenó a BCI EMPRESAS S.A.S. (Anticipos Express), la devolución a sus clientes o consumidores de una suma equivalente al doble de los intereses cobrados en exceso, es decir, restituir dos veces la suma de dinero que haya sido cobrada sobrepasando el límite máximo permitido por la ley.
    • Decretó la suspensión provisional e indefinida de la ilegal actividad empresarial de BCI EMPRESAS S.A.S. (Anticipos Express) hasta tanto acredite que ajustó su modelo de negocio a las normas legales que regulan el mutuo o préstamo de dinero.
    • Ordenó el bloqueo de las cuentas bancarias de BCI EMPRESAS S.A.S. (Anticipos Express), el congelamiento de recursos y la prohibición de celebrar transacciones con dichos recursos.
    • Ordenó compulsar copias a la Fiscalía General de la Nación con el fin de que se investigue el delito de usura en que habrían incurrido los ciudadanos extranjeros MATTHEW CORDIS y ERIC BROWN, en su condición de representantes legales de BCI EMPRESAS S.A.S. (Anticipos Express).

La Dirección de Investigaciones de Protección al Consumidor de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), mediante Resolución No. 2425 de 2015, impuso a BCI EMPRESAS S.A.S (propietaria de los establecimientos Anticipos Express) la máxima multa permitida por el ordenamiento jurídico, es decir, MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO MILLONES SETECIENTOS MIL PESOS ($1.288.700.000), por haber infringido los artículos 23 y 45 y el literal c) del artículo 55 de la Ley 1480 de 2011 (Estatuto del Consumidor) , que expresamente prohíbe recibir o cobrar, directa o indirectamente, a cambio de préstamo de dinero o por concepto de bienes o servicios mediante sistemas de financiación o a plazos, utilidad o ventaja que exceda en la mitad del interés bancario corriente que para el periodo correspondiente estén cobrando los bancos, según certificación de la Superintendencia Financiera, cualquiera que sea la forma utilizada para hacer constar la operación, ocultarla o disimularla.

La Superindustria ordenó, por primera vez en la historia, la devolución de los intereses cobrados en exceso en un valor equivalente al doble de los mismos, a todos los consumidores que habían celebrado contratos de mutuo con BCI EMPRESAS S.A.S (Anticipos Express).

Otras decisiones

Además de la imposición de la multa, la Superindustria adoptó las siguientes decisiones a título de medidas cautelares administrativas de inmediato cumplimiento:

  • Bloquear o congelar los dineros existentes en todas las cuentas bancarias de BCI EMPRESAS S.A.S. (Anticipos Express), con el fin de garantizar la devolución a los consumidores del doble de los intereses cobrados en exceso.
  • Declarar la ilegalidad de la actividad consistente en comprar los sueldos de los colombianos, a través de instrumentos que pretender esconder bajo el ropaje de “contrato de anticipo de flujos futuros” lo que en realidad es un contrato de mutuo o préstamo de dinero con garantía en el sueldo.

Compulsar copias a la Fiscalía General de la Nación

La Superindustria, ordenó compulsar copias a la Fiscalía General de la Nación para que adelante las investigaciones penales a que haya lugar por la posible comisión del delito de usura, previsto en el artículo 305 del Código Penal Colombiano que prevé prisión de cuatro (4) a diez (10) años.

El caso en concreto

Con ocasión de denuncias que advertían que BCI EMPRESAS S.A.S. (Anticipos Express) se dedicaba a prestar dinero a empleados y pensionados cobrando intereses por encima de la tasa máxima legal permitida, la Superindustria requirió información acerca del modelo de negocio de esa sociedad y realizó una visita administrativa de inspección para averiguar si con las actividades de financiación se estaba incurriendo o no en violaciones al Estatuto del Consumidor (Ley 1480 de 2011).

Formulado el correspondiente Pliego de Cargos y una vez hecho el análisis de la totalidad de la información recaudada y de las pruebas en el proceso, la Superindustria pudo determinar que BCI EMPRESAS S.A.S. (Anticipos Express) no estaba celebrando “Contratos de Anticipo de Flujos Futuros” o de compra de flujos futuros provenientes del salario o de las pensiones de los trabajadores, como pretendía denominar dichos negocios frente a sus consumidores, sino que dicha relación contractual encajaba perfectamente en el contrato de mutuo o préstamo de dinero.

Al ser en realidad un contrato de mutuo o préstamo de dinero, la Superindustria pudo determinar que a los consumidores que acudían a BCI EMPRESAS S.A.S. (Anticipos Express) a solicitar un préstamo de dinero, con un plazo no mayor de 15 días, se les llegaba a cobrar intereses que superaban en no menos de 17,6 veces los intereses legales permitidos. En un caso extremo, como el de un préstamo con plazo de un día, en consideración a que existe una tarifa fija de intereses cobrados, se evidenció que la tasa cobrada podría estar superando en 250 veces la tasa máxima legal permitida.

Tratándose de consumidores que solicitaban un préstamo con un plazo de pago no mayor de 30 días, se les cobraba intereses no menores a 10,86 veces los intereses legales permitidos, y en casos extremos también podría incluso llegar a 250 veces la tasa máxima legal permitida. 

La Superintendencia de Industria y Comercio pudo determinar que la actividad desplegada por la empresa BCI EMPRESAS S.A.S. (Anticipos Express) consistente en efectuar préstamos de dinero, se adecúa plenamente al supuesto de hecho contemplado en el literal c) del artículo 55 del Estatuto del Consumidor[2] y, en consecuencia, su conducta constituye USURA, acción que se encuentra proscrita por las normas que regulan la materia.  

Multa máxima

Teniendo en cuenta lo anterior, la Superintendencia de Industria y Comercio impuso a BCI EMPRESAS S.A.S. (Anticipos Express) la multa máxima permitida por el Estatuto del Consumidor, es decir, MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO MILLONES SETECIENTOS MIL PESOS ($1.288.700.000), equivalentes a DOS MIL SALARIOS MÍNIMOS LEGALES MENSUALES VIGENTES (2000 SMLMV), por haber infringido los artículos 23 y 45 y el literal c) del artículo 55 de la Ley 1480 de 2011.

Devolución de los dineros

Adicionalmente, la Superintendencia de Industria y Comercio, teniendo en cuenta la facultad prevista en el numeral 11 del artículo 59 de la Ley 1480, ordenó a BCI EMPRESAS S.A.S devolver a los consumidores los intereses cobrados en exceso y entregar a todos y cada uno de los usuarios con quien la empresa suscribió contrato de préstamo de dinero, denominados por ellos como contratos de anticipo, un monto igual al doble de la suma de los intereses cobrados en exceso a título de sanción a favor de cada uno de estos consumidores deudores.

Desde que la Superindustria adquirió competencias para proteger al consumidor que solicita préstamos de dinero a entidades no vigiladas por la Superintendencia Financiera (abril de 2012), es la primera vez que la Entidad, además de imponer la multa máxima permitida, ordena hacer esta devolución de dineros en favor de los consumidores afectados.

Recursos contra las decisiones

Contra la sanción o multa impuesta en primera instancia, proceden los recursos de reposición y de apelación ante la misma Superintendencia de Industria y Comercio.

Contra las medidas cautelares administrativas, no procede ningún recurso.

 


[1] Código Sustantivo del Trabajo. “Artículo 142. Irrenunciabilidad y prohibición de cederlo. El derecho al salario es irrenunciable y no se puede ceder en todo ni en parte, a título gratuito ni oneroso, pero sí puede servir de garantía hasta el límite y en los casos que determina la ley.”. 

[2]Usura. Se considera usura recibir o cobrar, directa o indirectamente, a cambio de préstamo de dinero o por concepto de venta de bienes o servicios mediante sistemas de financiación o a plazos, utilidad o ventaja que exceda en la mitad del interés bancario corriente que para el periodo correspondiente estén cobrando los bancos, según certificación de la Superintendencia Financiera, cualquiera sea la forma utilizada para hacer constar la operación, ocultarla o disimularla.