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Superindustria pide a la Corte Suprema de Justicia suprimir datos de menores de edad en versiones públicas de las sentencias

Bogotá D.C Enero 23 de 2014

Superindustria pide a la Corte Suprema de Justicia suprimir datos de menores de edad en versiones públicas de las sentencias

  • En una decisión sin precedentes, la Superintendencia de Industria y Comercio le acaba de ordenar a la Relatoría de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia que se abstenga de publicar en internet una sentencia que permite identificar a una menor de edad víctima de abuso sexual.
  • La publicación del nombre de la menor, sin la debida anonimización, provocó que la niña fuera víctima de matoneo (bullying) escolar.
  • La orden también fue impartida a la sociedad V Publicaciones S.A.S. – representantes en Colombia de la editora española de contenidos jurídicos, VLEX NETWORKS, S.L. que publicó la sentencia en su sitio web.

La Delegatura para la Protección de Datos Personales de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), le ordenó a la Relatoría de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia que se abstenga de publicar en internet una sentencia que permite identificar a una menor de edad, víctima de abuso sexual, pues dicha publicación desconoce la especial protección otorgada a los niños por la Ley General de Protección de Datos Personales (Ley 1581 de 2012 –Habeas Data).

En la misma decisión, la SIC advirtió a esa Corporación sobre la necesidad de abstenerse de poner a disposición del público datos personales sensibles, que afecten la intimidad o puedan generar discriminación, especialmente cuando exista un riesgo de vulneración de los derechos fundamentales de los menores de edad. La disponibilidad de los datos personales de los menores de edad en decisiones judiciales que se publican en internet, tiene la potencialidad de generar conductas discriminatorias en su contra y por eso es procedente la adopción de medidas que permitan proteger su dignidad, agrega la SIC.

La decisión de la Delegatura para la Protección de Datos Personales de la SIC se adoptó como consecuencia de la denuncia interpuesta por la familia de la menor donde se puso de presente que la publicación de sus datos, y su fácil acceso por internet, había producido incidentes de matoneo escolar en contra de la menor. La Superintendencia le recordó a la Relatoría de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, el carácter sensible que tiene la información de los menores de edad y la especial protección que a dichos datos les dio la Ley 1581 de 2012 (Ley General de Protección de Datos Personales).

La SIC también le puso de presente a la Relatoría de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, el carácter especialmente protegido de la información sensible que pueda generar discriminación en contra de su titular, tal y como sucede con los datos que identifican a un menor de edad víctima de un delito.

La decisión también cobija a la sociedad V Publicaciones S.A.S. – representantes en Colombia de la editora de contenidos jurídicos VLEX NETWORKS S.L. (España) – que deberá retirar de su portal web la sentencia relativa a la menor víctima de abuso sexual, o bien adoptar medidas para que se publique sin los datos personales que permitan identificarla.