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Por incumplir Reglamentos Técnicos, la Superindustria confirma sanción a importadora y comercializadora de luces navideñas

Bogotá D.C 27 de noviembre de 2013.-

Por incumplir Reglamentos Técnicos, la Superindustria confirma sanción a importadora y comercializadora de luces navideñas

  • La decisión de la Superintendencia de Industria y Comercio se adopta para garantizar la seguridad de los consumidores y ciudadanos en general, y para hacer respetar las disposiciones obligatorias contenidas en los Reglamentos Técnicos.

  • La empresa y las personas sancionadas estaban comercializando luces navideñas sin cumplir con las exigencias del Reglamento Técnico de Iluminación y Alumbrado Público (RETILAP) en lo referente a fechas de fabricación del producto y características de resistencia luminaria.

  • La multa impuesta por la Superintendencia de Industria y Comercio a la importadora COIMEXCOL LTDA. asciende a $17.685.000.oo y a la propietaria de la comercializadora CASA NAVIDEÑA se le impuso una sanción por $8.842.500.oo.

La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), en cumplimiento de sus funciones de inspección, vigilancia y control, realizó el 27 de noviembre de 2012, una visita al establecimiento CASA NAVIDEÑA (comercializadora) de propiedad de AMPARO PALACIO ORTEGA, con el fin de verificar el cumplimiento de los requisitos que establece el Reglamento Técnico de Iluminación y Alumbrado Público (RETILAP). Con ocasión de esta visita administrativa, la SIC pudo encontrar que la marcación del producto denominado "luces navideñas Led Lights 300L-Iclicle, INdoor/Outdoor Multifuncional Controller White 100V" no contenía la información relacionada con el mes y año de fabricación o código de fabricante, así como tampoco el grado IP o equivalente NEMA, datos de trascendental importancia para el consumidor, toda vez que le permite conocer la fecha exacta en la que las luces fueron fabricadas, así como qué tan impermeable o resistente es la luz frente al ingreso de agua y partículas sólidas.

En este caso específico, las "luces navideñas Led Lights 300L-Iclicle, INdoor/Outdoor Multifuncional Controller White 100V", podrían generar algún tipo de inseguridad en su instalación o manipulación, pues son artículos utilizados en épocas de fin de año en las cuales tanto los niños como los adultos están expuestos al riesgo.

En la decisión, la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) recordó que el Reglamento Técnico de Iluminación y Alumbrado Público (RETILAP), le es exigible tanto a los fabricantes como a los comercializadores, teniendo estos últimos la obligación de cumplir con cada uno de los requisitos del mismo, ya que son de vital importancia para prevenir riesgos que afecten la vida, la salud y seguridad de las personas.

Por esa razón, la Delegatura para el Control y Verificación de Reglamentos Técnicos y Metrología Legal de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), mediante Resolución No 62655 de 2013, confirmó en segunda instancia, la multa de diecisiete millones seiscientos ochenta y cinco mil pesos ($17.685.000) equivalentes a treinta salarios mínimos legales mensuales vigentes (30 SMLMV) impuesta a la importadora COIMEXCOL LTDA, y de ocho millones ochocientos cuarenta y dos mil quinientos pesos ($8.842.500) equivalentes a quince salarios mínimos mensuales legales vigentes (15 SMLMV) a AMPARO PALACIO ORTEGA, propietaria del establecimiento CASA NAVIDEÑA que comercializaba el producto.

El numeral 320.4 del Reglamento Técnico de Iluminación y Alumbrado Público (RETILAP) (Resolución 18.0540 del Ministerio de Minas y Energía) indica que "Todas las luminarias deberán ir marcadas en forma legible, durable e indeleble en impreso o marcación láser e incluir la siguiente información que le aplique:

La información técnica que debe ir grabada en cada uno de los elementos que conforman el conjunto eléctrico, se relacionan en las especificaciones de cada componente".

Contra la Resolución No. 62655 de 2013 proferida por la Delegatura para el Control y Verificación de Reglamentos Técnicos y Metrología Legal no procede recurso alguno.