Los productores e importadores de productos preempacados deberán realizar su registro obligatorio en la plataforma de la Superintendencia de Industria y Comercio, procedimiento destinado a verificar la cantidad de producto para cotejar su conformidad.
El registro debe ser realizado antes del 6 de julio del 2021, día en que entrará en vigencia la resolución 32209 de 2020, que reglamenta el etiquetado y el control metrológico aplicado a productos preempacados por medio de muestras tomadas de un lote de inspección.
Cabe recordar que los empacadores, productores, importadores o quienes pongan su marca o enseña, están obligados a garantizar la correspondencia entre la cantidad o el contenido enunciado y la cantidad o el contenido neto del producto hasta el momento de su comercialización a los destinatarios finales.
Del mismo modo, la norma establece la prohibición de las expresiones de "peso aproximado" o "llenado aproximado", entre otras, que no brindan certeza sobre la cantidad o contenido de un producto a los consumidores finales.
Los productores e importadores de productos preempacados deben realizar su registro, de obligatorio cumplimiento, antes del 6 de julio Ver más