Superintendencia de Industria y Comercio

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Solicitud y costos del registro de patentes

¿Dónde se puede solicitar la protección por patente en el país?

La Superintendencia de Industria y Comercio es la única oficina nacional competente para tramitar y decidir las diferentes solicitudes que tienen que ver con la Propiedad Industrial, Patentes, Diseños Industriales y Marcas.

Usted podrá presentar su solicitud de la siguiente manera:

DE MANERA ELECTRÓNICA

A través de la página web:http://sipi.sic.gov.co/ DE MANERA FISICA- En Bogotá - Carrera 13 No. 27 – 00, SIC Si se encuentra fuera de Bogotá, en las oficinas de Supersociedades de Cartagena, Cúcuta, Manizales, Medellín, Barranquilla, Bucaramanga y Cali. ubicación geográfica

¿El trámite de una patente se puede hacer personalmente o se necesita de un abogado?

Lo puede hacer cualquier persona que conozca la forma de presentar la solicitud, tenga claro el trámite a seguir, esté pendiente de los tiempos que el proceso demanda y responda los requerimientos que pueda generar la SIC durante el curso normal del trámite.

¿Se debe pagar alguna tasa por el trámite?

Sí. Se debe pagar las siguientes tasas:

  • Tasa por la presentación de la solicitud. (Contiene el derecho de presentar las 10 primeras reivindicaciones).
  • Tasa por reivindicación adicional (A partir de la undécima reivindicación).
  • Tasa por el examen de patentabilidad.
  • Si solicita prorrogas para dar respuesta a algún tipo de requerimiento, conversión, fusión o división de una solicitud deberá pagar tasas.

Se debe tener en cuenta que las tasas cambian anualmente.

¿El dinero consignado por la solicitud de patente de invención es reembolsable?

No. El dinero no es reembolsable por cuanto el inicio de los trámites de propiedad industrial genera gastos administrativos que son cubiertos por el pago de una tasa que se causa al momento de la presentación de la solicitud. Es así como cada año se fijan las tarifas para los diferentes trámites que se surten en la Delegatura para la Propiedad Industrial.

¿Existe algún tipo de ayuda o incentivo para la persona que patenta?

Sí. La Superintendencia de Industria y Comercio establece la posibilidad de que algunos solicitantes paguen un 25% menos de la tasa establecida en caso de ser solicitada por solicitantes nacionales, sean estos personas naturales, microempresas, centros de investigación y universidades.

Para obtener este descuento, usted debe diligenciar el formato PI02 - F07 Reducción de tasas de solicitud de patente. En caso de que su  presentación sea en físico, este debe ser anexado al formulario. Si lo hace a través del SIPI, debe adjuntar el formulario firmado.

¿Cómo puedo estar pendiente de mi solicitud?

Usted puede seguir el estado de su solicitud consultando el respectivo servicio en línea o puede llamar a los números de contacto (571) 592 04 00 en la ciudad de Bogotá o a la línea gratuita nacional 018000 910 165

¿Se debe esperar hasta que se decida la patente para poder producir o comercializar un invento?

No. La patente no es un requisito o autorización de producción o comercialización del invento. Una vez radicada la solicitud, a ésta se le asigna un número, fecha y hora en que se presentó ante la Superintendencia de Industria y Comercio, la cual le genera la garantía al solicitante de tener un derecho prioritario sobre el invento.