La Superindustria mediante sentencia del 15 de noviembre de 2018, proferida en el marco de una acción de protección al consumidor declaró que la sociedad HOTELES DECAMERON COLOMBIA había incurrido en vulneración al deber de información descrito en el Estatuto del Consumidor, toda vez que no se informó de manera oportuna, clara, veraz, suficiente los requisitos para poder efectuar las respectivas reservas en los hoteles, lo que imposibilitó utilizar los servicios.
Por lo tanto, se condenó a efectuar la devolución del precio pagado en el contrato, además impuso una multa equivalente a 50 SMLMV
La Superindustria mediante sentencia del 15 de noviembre de 2018, proferida en el marco de una acción de protección al consumidor declaró que la sociedad HOTELES DECAMERON COLOMBIA había incurrido en vulneración al deber de información descrito en el Estatuto del Consumidor, toda vez que no se informó de manera oportuna, clara, veraz, suficiente los requisitos para poder efectuar las respectivas reservas en los hoteles, lo que imposibilitó utilizar los servicios.