Superintendencia de Industria y Comercio

Top bar

logo presidencia

Logo SIC y Gobierno de Colombia

Se encuentra usted aquí

Tramites y servicios menu secundario

¿Qué son las patentes de modelos de utilidad?

¿Qué es una Patente de modelo de utilidad?

La patente de modelo de utilidad es un privilegio que le otorga el Estado al inventor como reconocimiento de la inversión y esfuerzos realizados, a aquellas invenciones que consisten en una nueva forma, configuración o disposición de elementos de un artefacto, herramienta, instrumento, mecanismo u otro objeto o parte de los mismos, que permita un mejor o diferente funcionamiento, utilización o fabricación del objeto que lo incorpora o que le proporcione alguna utilidad, ventaja o efecto técnico que antes no tenía.

¿Qué beneficios obtengo al patentar un modelo de utilidad?

Ser el único que durante 10 años puede explotar el invento. La explotación puede consistir en comercializar exclusiva y directamente el producto patentado, o por intermedio de terceros otorgando licencias, transfiriendo los derechos obtenidos mediante su venta para que un tercero explote la invención. En conclusión, el beneficio es económico para el inventor o titular de la patente.

¿Qué diferencias hay entre patente de invención y una patente de modelo de utilidad?

El modelo de utilidad está previsto para invenciones menores en cuanto al rango inventivo. Las principales diferencias que cabe señalar son:

  • El modelo de utilidad sólo contempla la protección de invenciones de producto; en cambio en la patente de invención se protegen invenciones de producto y, también, de procedimiento.
  • La invención protegida en el modelo de utilidad debe ser nueva y tener aplicación industrial.
  • El período de protección del modelo de utilidad es de 10 años.

¿Qué normas deben consultarse para conocer acerca de los trámites para la protección de una patente de invención y los derechos de su titular?

La legislación vigente en materia de patentes está contenida en la Decisión 486 de 2000 de la Comisión de la Comunidad Andina, norma aplicable a todos los países miembros de la Comunidad Andina. Igualmente esta Decisión tiene su reglamentación en los Decretos reglamentarios, y adicionalmente, la SIC expide la Circular Única que contiene el conjunto de directrices que guían a los usuarios acerca de la manera cómo se debe adelantar los trámites de propiedad industrial, Estas normas pueden ser consultadas en normatividad