En el marco de una acción de protección al consumidor la Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales de la Superintendencia de Industria y Comercio, declaró que la sociedad ALIANZA MOTOR había vulnerado los derechos del consumidor relacionados con la efectividad de la garantía, toda vez que en el curso del proceso judicial encontró probado que el vehículo adquirido por una usuaria había presentado en cuatro oportunidades fallas en el embrague que impidieron su normal funcionamiento, sin que la sociedad hubiera accedido al cambio del bien o a la devolución del dinero, tal como era su deber legal.
Por lo tanto, la Superintendencia ordenó el reembolso de las sumas de dinero pagadas por el vehículo, y además le impuso a la sociedad ALIANZA MOTOR una multa equivalente a los 50 SMLMV.
En el marco de una acción de protección al consumidor la Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales de la Superintendencia de Industria y Comercio, declaró que la sociedad ALIANZA MOTOR había vulnerado los derechos del consumidor relacionados con la efectividad de la garantía, toda vez que en el curso del proceso judicial encontró probado que el vehículo adquirido por una usuaria había presentado en cuatro oportunidades fallas en el embrague que impidieron su normal funcionamiento, sin que la sociedad hubiera accedido al cambio del bien o a la devolución del dinero, tal como era su deber legal.