El régimen sancionatorio establecido en el artículo 23 de la Ley 1581 de 2012 se aplica de forma privativa a las personas de naturaleza privada por cuanto la Superintendencia de Industria y Comercio en materia de protección de datos personales carece de competencia para imponer sanciones a las autoridades públicas. En consecuencia y ante de la presunta violación del régimen de protección de datos establecido en la Ley 1581 de 2012 por parte de una sociedad de economía mixta, corresponderá a esta Superintendencia adelantar las investigaciones que resulten pertinentes y,en caso de evidenciar alguna falta por parte de sociedades es esta naturaleza, deberá remitir el expediente a la Procuraduría General de la Nación para lo de su competencia.
El régimen sancionatorio establecido en el artículo 23 de la Ley 1581 de 2012 se aplica de forma privativa a las personas de naturaleza privada por cuanto la Superintendencia de Industria y Comercio en materia de protección de datos personales carece de competencia para imponer sanciones a las autoridades públicas.