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Durante el trámite de un esquema de trazado de circuitos integrados


Documentos para el trámite de esquemas de trazado de circuitos integrados

La solicitud deberá contener lo siguiente:

  • El formulario al que se le denomina petitorio.
  • Una copia o dibujo del esquema de trazado y, cuando el circuito integrado haya sido explotado comercialmente, una muestra de ese circuito integrado.
  • De ser el caso, una declaración indicando la fecha de la primera explotación comercial del circuito integrado, en cualquier lugar del mundo.
  • De ser el caso, una declaración indicando el año de la creación del circuito integrado.
  • Una descripción que defina la función electrónica que debe realizar el circuito integrado que incorpora el esquema de trazado.
  • Copia de toda solicitud de registro u otro título de protección que se hubiese presentado u obtenido en el extranjero por el mismo solicitante o su causante y que se refiera total o parcialmente al mismo esquema de trazado objeto de la solicitud presentada en el País Miembro;Si se presenta por intermedio de un abogado debe presentarse el poder otorgado a éste. El poder no necesita de presentación personal, autenticación o legalización y podrá otorgarse mediante documento privado.Tasas
  • ¿El dinero consignado por la solicitud de registro de un esquema de trazada de circuitos integrados es reembolsable?

    No, el dinero no es reembolsable por cuanto el inicio de los trámites de Propiedad Industrial genera gastos administrativos que son cubiertos por el pago de una tasa que se causa al momento de la presentación de la solicitud. Es así como cada año se fijan las tarifas para los diferentes trámites que se surten en la Delegatura para la Propiedad Industrial.

Etapas del proceso de solicitud del esquema de trazado de circuitos integrados

  • A la solicitud se le realiza un examen formal para verificar el cumplimiento de requisitos previstos en la legislación en especial los contemplados en los artículos 89 y 90 de la Decisión 486.
  • Si no cumple los requisitos formales se realiza un requerimiento por parte de la SIC para que se complemente los elementos faltantes. Si la solicitud cumple los requisitos pasa a la siguiente etapa que es la publicación.
  • La publicación tiene por objeto permitir a los personas enterarse de que es lo que se está intentando proteger a través de la solicitud y les permite presentar oposiciones que intentan desvirtuar la posibilidad de que la solicitud se convierta en un registro de esquema de trazado; el solicitante debe estar pendiente de responder las eventuales oposiciones que se presenten.
  • La SIC en el examen no verifica si la solicitud cumple con el requisito de originalidad a menos que se presenten oposiciones fundamentadas. El requisito de originalidad significa que el esquema debe ser un esfuerzo intelectual propio del creador y no puede ser un diseño corriente en el sector de la industria de los circuitos integrados.

¿Qué pasa si el examen de registrabilidad es favorable?

Se concede el circuito integrado mediante un acto administrativo que es notificado al titular de los derechos que surgen de la concesión.

¿Qué pasa si el examen de registrabilidad es desfavorable?

No se registrará el circuito integrado y la SIC emitirá un acto administrativo que es notificado al solicitante. Si el solicitante no está de acuerdo con la decisión puede interponer recurso de apelación ante el Superintendente Delegado para la Propiedad Industrial.