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Requisitos para la notificación personal de actos administrativos


Los ciudadanos que pretendan notificarse de un acto administrativo de carácter particular deben aportar los siguientes documentos en la diligencia de notificación:

Persona natural

  • Documento de identificación original. Se acepta y valida como documento de identificación para notificación la contraseña de cédula de ciudadanía y tarjeta de identidad, expedida por la Registraduría Nacional del Estado Civil.
  • Si es autorizado de una persona natural, la autorización debidamente firmada y el documento de identificación original del autorizado.
  • Si es apoderado, el poder general o especial debidamente autenticado por el poderdante y el documento de identificación original del apoderado.

Persona jurídica

  • Documento de identificación original. Se acepta y valida como documento de identificación para notificación, la contraseña de cédula de ciudadanía o tarjeta de identidad expedida por la Registraduría Nacional del Estado Civil.
  • Si es autorizado de una persona jurídica, la autorización debidamente firmada por el representante legal o quien haga sus veces y el documento de identificación original del autorizado.
  • Si es apoderado, el documento de identificación original. Si su nombre no se encuentra en la resolución ni hace parte del proceso, debe anexar el poder general o especial debidamente autenticado por el poderdante.
  • Si es autorizado de un apoderado, la autorización debidamente firmada por el apoderado, acompañada del poder general o especial debidamente autenticado por el poderdante, o la sustitución del poder autenticada y el documento de identificación original del autorizado.
  • Si es autorizado de una persona jurídica, la autorización debe estar debidamente firmada por el representante legal o quien haga sus veces, el certificado de existencia y representación legal actualizado y el documento de identificación original del autorizado.
  • Si es apoderado debe presentar el poder general o especial debidamente autenticado por el poderdante, el certificado de existencia y representación legal actualizado y el documento de identificación original del apoderado.
  • Si es autorizado de un apoderado, debe presentar la autorización debidamente firmada por el apoderado, acompañada del poder general o especial debidamente autenticado por el poderdante, o la sustitución del poder autenticada, el certificado de existencia y representación legal actualizado y el documento de identificación original del autorizado.

Los requisitos para notificación personal mencionados en el presente numeral, no serán exigibles para la notificación de las providencias proferidas por el Superintendente de Industria y Comercio, ya que se verificarán con la información suministrada en el acto administrativo y, de ser necesario, en el Sistema de Trámites de la SIC y en el Registro Único Empresarial y Social RUES.

Frente a los certificados de existencia y representación legal que expiden las cámaras de comercio, la ley no señala un término de vigencia. Teniendo en cuenta que los actos y documentos sujetos a inscripción pueden ser modificados en cualquier momento y las cámaras de comercio deben proceder a su registro siempre que se cumplan los requisitos previstos para dicha inscripción, por lo que los certificados de existencia y representación legal no tienen una vigencia temporal específica. En consecuencia, mientras no se presenten otros actos y documentos que alteren las inscripciones previas, tales certificados corresponden exactamente a lo que se encuentre inscrito, por lo que se presume que el documento presentado por el notificado está actualizado.