Superintendencia de Industria y Comercio

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Fecha ingreso: 
Jueves, Abril 22, 2021
Nombre proyecto: 
Proyecto de Resolución “Por la cual se modifica el Capítulo Tercero del Título VI de la Circular Única de la Superintendencia de Industria y Comercio”
Siglas entidad reguladora: 
SIC
Nombre entidad reguladora: 
Delegatura para el Control y Verificación de Reglamentos Técnicos y Metrología Legal - SIC
Sector: 
Metrología
Fecha de salida abogacía: 
Viernes, Mayo 7, 2021
Radicado salida: 
21-168361-3
Recomendación: 
Recomendación texto: 

"Incluir en el numeral 3.9.2 del Proyecto en qué casos la información registrada en el SIMEL no tendrá el carácter de pública."

Se genera restricción: 
No
Norma regulatoria: 
Resolución 33883 del 1 de Junio de 2021
Comentarios: 
Archivo adjunto: 
Observación: 

N/A

Año: 
2021
Acto administrativo expedido: 
Resumen: 

El Proyecto busca modificar el capítulo tercero del título VI de la Circular Única de la Superintendencia de Industria y Comercio, titulado “CONTROL METROLÓGICO DE LOS INSTRUMENTOS DE MEDICIÓN” por iniciativa de la Delegatura para el Control y Verificación de Reglamentos Técnicos y Metrología Legal de la Superintendencia de Industria y Comercio.

De acuerdo con lo enunciado por esa Delegatura, el control metrológico actual es susceptible de ciertas “mejoras simples”, para evitar contradicciones, problemas de interpretación o de seguridad jurídica frente a las necesidades particulares identificadas en los reglamentos técnicos expedidos por la SIC. Así las cosas, el Proyecto modifica

  1. i. Temas generales relacionados con la documentación de los procedimientos de control metrológico en la fase de instrumentos de medición en servicio.
  2. ii. Disposiciones de carácter general que complementen la fase de evaluación de la conformidad, y
  3. iii. Deberes y obligaciones de los actores involucrados en el control metrológico de manera más precisa, entre los que se encuentran los reparadores y los titulares de instrumentos de cara a su interacción en el Sistema de Información de Metrología Legal – SIMEL.

Una vez revisado el Proyecto y los demás documentos adjuntos a la solicitud de concepto de abogacía de la competencia, la Delegatura para la Protección de la Competencia identificó que, en efecto, los cambios que incorpora el Proyecto sí obedecen a estos propósitos benéficos para los actores que participan en el control metrológico y no introducen requisitos nuevos que constituyan barreras de entrada o incrementen los costos para los sujetos obligados a dicho control o para los agentes que participan de la verificación o reparación de los instrumentos de medición.

No obstante, esta Delegatura si encontró una oportunidad de mejora dentro del Proyecto la cual permitirá, una vez sea expedido, fomentar la cultura de la libre competencia al interior del Estado y el control del ejercicio de la facultad de intervención del Gobierno en la economía. Esta mejora estuvo relacionada con aclarar en qué casos la información registrada en el SIMEL no tendría un carácter público, con el fin de evitar asimetrías de información que desde la óptica de la libre competencia generen ineficiencias en el desarrollo de las actividades propias de este Sistema.