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Respuesta: 

No. Lo primero que debe hacer para resolver su problema es reclamar directamente ante el operador, quien tiene un término en 15 días para contestarle. Si no le contesta, se entiende que opera el silencio administrativo positivo.

Si lo que le contesta NO lo satisface, puede presentar recurso de reposición ante el operador y el subsidio de apelación ante la Delegatura para la Protección del Consumidor.