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La Delegatura para el Control y Verificación de Reglamentos Técnicos y Metrología Legal confirmó la sanción impuesta a un fabricante y empacador de productos preempacados, al encontrar probado que la cantidad real no correspondía con la cantidad anunciada en el empaque.

En el caso estudiado, la controversia giró en torno a la aplicación del concepto Muestreo aleatorio en el procedimiento de verificación adelantado, respecto de lo cual el Despacho fue enfático en precisar que no se desconocieron las disposiciones legales sobre verificación metrológica del contenido de preempacados, al no hacer referencia a los principios generales de la estadística; y que la normativa definió el muestreo aleatorio como la selección al azar de unidades del lote a inspeccionar donde todos los preempacados tienen la misma probabilidad de ser incluidos en la muestra, sin que la expresión al azar esté sujeta a parámetros de ubicación, intervalos, colocación, etc.

El Despacho consideró que independientemente de la ubicación del preempacado en el lote de inspección, al haberse elegido después del punto de chequeo final de empaque y habiendo superado los controles metrológicos y de calidad establecidos por el empacador, el contenido de todas las unidades que integran la muestra debe encontrarse ajustado evitando inducir a error al consumidor final, lo cual en el presente caso no ocurrió.

Resolución No. 64896 del 4 de septiembre de 2018.

Título completo: 
Superindustria analiza el alcance de los planes de muestreo en control de mercado, en virtud de lo previsto en el Reglamento Técnico de Preempacados
Tema noticia: 
Noticias
Tema general: 
Reglamentos técnicos
Mes: 
Octubre
Año: 
2018
Resumen: 

La Delegatura para el Control y Verificación de Reglamentos Técnicos y Metrología Legal confirmó la sanción impuesta a un fabricante y empacador de productos preempacados, al encontrar probado que la cantidad real no correspondía con la cantidad anunciada en el empaque.

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