La Superintendencia de Industria y Comercio mediante sentencia del 16 de mayo de 2017, proferida en una acción de protección al consumidor, declaró que el demandado vulneró los derechos de una usuaria al probarse que sus derechos como consumidora fueron vulnerados porque le efectuaron el cobro de un crédito por unos servicios que no adquirió, situación que afectó su historial crediticio. Además de ordenar el reembolso de las sumas de dinero pagadas a la demandada, se le impuso una multa equivalente a treinta (30) salarios mínimos legales mensuales vigentes.
La Superintendencia de Industria y Comercio mediante sentencia del 16 de mayo de 2017, proferida en una acción de protección al consumidor, declaró que el demandado vulneró los derechos de una usuaria al probarse que sus derechos como consumidora fueron vulnerados porque le efectuaron el cobro de un crédito por unos servicios que no adquirió, situación que afectó su historial crediticio.