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La Delegatura para la Propiedad Industrial negó la solicitud de registro de la marca LOS PERRITOS EXPRESS (mixta) para identificar el servicio de comidas rápidas. En este caso, la Dirección de Signos Distintivos había declarado fundada la oposición interpuesta por WARNER BROS., tendiente a proteger los derechos de autor sobre el personaje de SPEEDY GONZALES.

A pesar de que el solicitante pretendió con el recurso de apelación modificar la etiqueta del signo pretendido, excluyendo el diseño de un ratón vestido de camisa blanca, pañoleta y sombrero, la Delegatura no aceptó dicha modificación ya que al alterar el aspecto general de la marca, constituía un cambio sustancial no permitido de acuerdo con lo dispuesto en la Decisión 486 de 2000. Por lo tanto, al examinar la solicitud de registro marcario de la manera en que fue presentada inicialmente, la Delegatura para la Propiedad Industrial concluyó que con el signo solicitado se afectaría el derecho de autor sobre la obra SPEEDY GONZALES, debido a la imitación que de la misma se hace dentro del conjunto marcario.

En este orden de ideas, una vez revisadas las pruebas aportadas por WARNER BROS., se logró establecer que esta sociedad es la titular de los derechos de autor sobre la obra SPEEDY GONZALES, aclarando que si bien es cierto que el personaje SPEEDY GONZALES tiene su origen en una serie de dibujos animados denominada LOONEY TUNES, su existencia y oponibilidad como obra artística objeto de protección a través del derecho de autor resulta independiente de la obra audiovisual a través de la cual ha sido divulgada y se ha dado a conocer en diversos países alrededor del mundo, al punto de ser considerada una obra y que no por ello merece mayor o menor protección de acuerdo con lo establecido por el artículo 1 de la Decisión 351 de la Comisión de la Comunidad Andina. Así las cosas, y teniendo en cuenta que el literal f) del artículo 136 de la Decisión 486 de 2000 prohíbe registrar como marca aquellos signos que infrinjan el derecho de autor de un tercero que no ha dado su consentimiento, se confirmó la negación del registro de la marca solicitada.

Resolución No.4852 de 29 de enero de 2018

Título completo: 
La Superindustria prohíbe registrar como marca aquellos signos que infrinjan el derecho de autor de un tercero que no ha dado su consentimiento
Tema noticia: 
Noticias
Tema general: 
Propiedad Industrial
Mes: 
Febrero
Año: 
2018
Resumen: 

La Delegatura para la Propiedad Industrial negó la solicitud de registro de la marca LOS PERRITOS EXPRESS (mixta) para identificar el servicio de comidas rápidas. En este caso, la Dirección de Signos Distintivos había declarado fundada la oposición interpuesta por WARNER BROS., tendiente a proteger los derechos de autor sobre el personaje de SPEEDY GONZALES.

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