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La persona que se matricula en el registro mercantil tiene la obligación de suministrar información real y verídica, so pena de actuar en contra de la ley, conforme a lo establecido en el artículo 38 del Código de Comercio. A su vez, los empleados de las cámaras deberán proceder con la debida diligencia y seguir las instrucciones impartidas por esta Superintendencia en la aplicación del SIPREF para efectos de la prevención de fraudes en el registro.

Concepto Radicación No 18-258314 del 3 de octubre de 2018.

Título completo: 
El Sistema Preventivo de Fraudes - SIPREF es la herramienta para evitar errores y fraudes en la información que certifican las Cámaras de Comercio
Tema noticia: 
Noticias
Tema general: 
Protección de la Competencia
Mes: 
Diciembre
Año: 
2018
Resumen: 

La persona que se matricula en el registro mercantil tiene la obligación de suministrar información real y verídica, so pena de actuar en contra de la ley, conforme a lo establecido en el artículo 38 del Código de Comercio. A su vez, los empleados de las cámaras deberán proceder con la debida diligencia y seguir las instrucciones impartidas por esta Superintendencia en la aplicación del SIPREF para efectos de la prevención de fraudes en el registro.

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