La Superintendencia de Industria y Comercio declaró que el demandado al usar el signo CIELOS para identificar agua natural embotellada ofrecida en el mercado colombiano, infringió los derechos de propiedad industrial que la sociedad ACAVA LIMITED tiene sobre las marcas AJE CIELO (mixta), AJE CIELO (nominativa), CIELO LIFE (nominativa), CIELO ELEVA TU VIDA (nominativa) y AJE CIELO ADVANCE (mixa) que amparan productos tales como aguas minerales, entre otros, incluidos dentro de la clase 32 de la Clasificación Internacional de Niza.
La Delegatura advirtió que existió infracción marcaria teniendo en cuenta que el demandado por cuanto aplicó a las etiquetas de sus productos la expresión CIELOS la cual es sustancialmente similar a las marcas registradas del demandante. Adicionalmente, la sentencia le ordenó al demandado “cesar de manera definitiva el uso del signo CIELOS para comercializar bebidas no alcohólicas y en particular agua embotellada” y “destruir a su propia costa los elementos materiales relacionados con la infracción.”. Contra la decisión no se presentó recurso por lo quedó ejecutoriada.
La Superintendencia de Industria y Comercio declaró que el demandado al usar el signo CIELOS para identificar agua natural embotellada ofrecida en el mercado colombiano, infringió los derechos de propiedad industrial que la sociedad ACAVA LIMITED tiene sobre las marcas AJE CIELO (mixta), AJE CIELO (nominativa), CIELO LIFE (nominativa), CIELO ELEVA TU VIDA (nominativa) y AJE CIELO ADVANCE (mixa) que amparan productos tales como aguas minerales, entre otros, incluidos dentro de la clase 32 de la Clasificación Internacional de Niza.