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En ejercicio del derecho de hábeas data un Titular solicitó rectificar la información alojada en el sistema de información sobre antecedentes y anotaciones (SIAN) administrado por la Dirección de Investigación Criminal e Interpol de la Policía Nacional, afirmando que en dicho registro se encuentra vinculado erróneamente su número de identificación como perteneciente a un procesado por los delitos de tráfico de armas y estupefacientes y que pese a solicitar la corrección de su información, su petición no fue atendida.

Una vez oficiada la entidad objeto de investigación, para que se pronunciara sobre los hechos y aportara las pruebas que pretendiera hacer valer, esta guardó silencio. Por lo anterior, esta Superintendencia procedió a ordenar a la Dirección de Investigación Criminal e Interpol de la Policía Nacional de Colombia que en razón a la aplicación del principio de veracidad consagrado en el literal b) del artículo 4 de la Ley 1581 de 2012, actualizara la información que del Titular se encontrara registrada en la base de datos del Sistema Operativo (SIOPER) de la Policía Nacional de Colombia.

Se precisa que, mediante presentación de recurso de reposición, la Policía Nacional de Colombia informó que había dado trámite a la petición realizada por el Titular, por lo que esta Superintendencia procedió a declarar cumplida la orden impartida.

Resolución No. 47868 del 26 de julio de 2016
Resolución No. 12769 del 22 de marzo de 2017

Título completo: 
Amparo del derecho de hábeas data - rectificación de información en el sistema de información de antecedentes judiciales que lleva la Policía Nacional
Tema noticia: 
Noticias
Tema general: 
Protección de datos personales
Mes: 
Abril
Año: 
2017
Resumen: 

En ejercicio del derecho de hábeas data un Titular solicitó rectificar la información alojada en el sistema de información sobre antecedentes y anotaciones (SIAN) administrado por la Dirección de Investigación Criminal e Interpol de la Policía Nacional, afirmando que en dicho registro se encuentra vinculado erróneamente su número de identificación como perteneciente a un procesado por los delitos de tráfico de armas y estupefacientes y que pese a solicitar la corrección de su información, su petición no fue atendida.

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