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Atención Consumidores: una cosa es Demandar y otra cosa es Denunciar

Quien tenga un problema en materia de protección al consumidor, en asuntos relacionados con servicios de telecomunicaciones, con la calidad de bienes adquiridos, con información sobre precios y financiación y con información engañosa, puede proceder ante la Superintendencia de Industria y Comercio que atenderá sus peticiones a través de una denuncia o una demanda.

Por esta razón es muy importante conocer la diferencia entre estos dos mecanismos que permiten el inicio de un proceso, sobre todo, porque el propósito de una denuncia y una demanda son distintos.

  • Denuncia

A través de la denuncia, los ciudadanos pueden informar a la autoridad la ocurrencia de un delito. De esta forma, la denuncia busca proteger el interés general y el derecho colectivo de los consumidores.

Una denuncia ante la SIC inicia una investigación de carácter administrativo que podría resultar en una multa al proveedor, comercializador y/o fabricante según sea el caso. Por eso, es necesario que en ella se señalen claramente los hechos, el lugar y el momento donde ocurrieron, además de la identificación de la persona que los cometió.

Debe quedar claro, que en este procedimiento quien presenta la denuncia no obtiene ningún tipo de reconocimiento particular, ni tampoco obtiene la solución de un caso individual, como ya se sabe, se busca proteger a la comunidad.

  • Demanda

La demanda es una petición formal y escrita sobre asuntos no penales que se presenta ante el juzgado competente (civil, laboral, administrativo, familia), con el fin de iniciar un proceso judicial y que se decida de manera definitiva un conflicto.

Al presentar una demanda en materia de protección del consumidor ante la Superintendencia de Industria y Comercio que tiene funciones jurisdiccionales, se busca que a través de la efectividad de la garantía, se obtenga el cambio o reparación de un bien, o la devolución de un dinero pagado.

Así mismo, la acción judicial de protección al consumidor se dirige contra el proveedor, comercializador o fabricante y se puede utilizar para pedir la indemnización de perjuicios ocasionados por la difusión de publicidad o información engañosa, o los que surjan por la prestación de servicios que suponen la entrega de un bien, por ejemplo, los de lavanderías, parqueaderos y talleres de reparación, entre otros.

SIC recibe demandas de otros temas:

Las funciones jurisdiccionales de la SIC no se limitan a temas de protección al consumidor. También tramita demandas relacionadas con actos de competencia desleal y sobre infracciones a los derechos de propiedad industrial.

Se puede Demandar y Denunciar

Un consumidor puede demandar y denunciar sobre la misma situación; puede usar el mecanismo de la demanda para presentar pretensiones particulares y puede denunciar si considera que se presentó una violación de las normas de protección al consumidor que afectan al interés general.

Sin embargo, es recomendable analizar cuidadosamente qué es demandable y qué es denunciable antes de iniciar alguna de las acciones descritas.