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Protección del consumidor

Procedibilidad de la acción de protección al consumidor para hacer efectiva la garantía de los bienes inmuebles

La acción de protección al consumidor procede para hacer efectiva la garantía de inmuebles construidos antes de la vigencia de la Ley 1480 de 2011, para lo cual debe tenerse en cuenta el término de garantía otorgado al momento de la comercialización del bien, así como el término de prescripción de la referida acción.

En tales casos el trámite de la acción se adelantará de conformidad con lo establecido en el artículo 58 del Estatuto del Consumidor, en concordancia con las disposiciones pertinentes del Código General del Proceso.

Concepto Radicado No.16- 463808 del 26 de enero de 2017