
Protección del consumidor
Repetición de la falla – Productos usados
La repetición de la falla involucra los conceptos de calidad e idoneidad, por lo que esta, la falla, se puede presentar respecto de cualquiera de ellas, o de ambas.
Una vez presentada la falla, el productor y/o proveedor debe dar cumplimiento al deber de garantía, en principio, reparando el bien y solo cuando esto no sea posible procederá, atendiendo a la naturaleza de este, a la devolución del dinero o el cambio a elección del consumidor.
Lo anterior es aplicable a los productos usados, los cuales pese a que por disposición del artículo 8 de la ley 1480 de 2011 -Estatuto del Consumidor- pueden comercializarse sin garantía, tal condición deberá informarse de manera clara y suficiente al consumidor, y este deberá aceptar dicha circunstancia de manera escrita, dado que, en caso contrario, la norma dispone que el término de la garantía de tales productos se presume por tres meses.
Concepto Radicado No. 16- 231141 del 20 octubre de 2016