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Signos Distintivos

Fundación Gilberto Álzate Avendaño protege su marca ante la Superintendencia de Industria y Comercio.

La Superintendencia de Industria y Comercio, mediante Resolución N° 23619 de 26 de mayo de 2020, concedió la marca mixta BRONX DISTRITO CREATIVO, por considerar que no se encuentra incursa en ninguna de las causales de irregistrabilidad consagradas en la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina.

 

La solicitud presentada por la Fundación Gilberto Álzate Avendaño fue inicialmente negada por la Dirección de Signos Distintivos por considerar que podría generar riesgo de confusión con la marca nominativa previamente registrada EL BRONX de FOXTELECOLOMBIA S.A., que identifica servicios de “producción de obras audiovisuales. comerciales. cine, animación y programas de entretenimiento[1]”.

Según lo expuesto por la Delegatura para la Propiedad Industrial al resolver el recurso de apelación, no existe relación competitiva entre los servicios que identifican las marcas comparadas, debido principalmente a que la marca solicitada por la Fundación Gilberto Álzate Avendaño, excluye expresamente de su cobertura, los servicios revindicados por la marca antecedente. Así mismo, en consideración con la naturaleza jurídica de la solicitante, al constituirse como un Establecimiento Público de orden distrital adscrito al sector Cultura, Recreación y Deporte, se descarta cualquier riesgo de confusión indirecta o riesgo de asociación con la sociedad FOXTELECOLOMBIA S.A. En consecuencia, la Delegatura para la Propiedad Industrial ordenó revocar la Resolución N° 76992 de 10 de octubre de 2018, proferida por la Dirección de Signos Distintivos, y concedió el registro de la marca BRONX DISTRITO CREATIVO (Mixta), para identificar actividades culturales y recreativas[2].

 

[1] . Literal a) del artículo 136 de la Decisión 486

 

“No podrán registrarse como marcas aquellos signos cuyo uso en el comercio afectara indebidamente un derecho de tercero, en particular cuando:

 

 

a)         sean idénticos o se asemejen, a una marca anteriormente solicitada para registro o registrada por un tercero, para los mismos productos o servicios, o para productos o servicios respecto de los cuales el uso de la marca pueda causar un riesgo de confusión o de asociación”.

[2]Actividades culturales y recreativas, tales como exposiciones, talleres, seminarios, obras literarias, conciertos, artes escénicas, espectáculos, simposios, servicios de tutoría, de museos, de guías turísticos, de organización de fiestas, y de educación para la revitalización de un territorio de la ciudad de Bogotá, excluyendo expresamente la producción de obras audiovisuales, comerciales, cine, animación y programas de entretenimiento”, servicios comprendidos en la clase 41 de la Clasificación Internacional de Niza.