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En firme sanción a propietario de Estación de Servicio por no garantizar la medida correcta.

La Delegatura para el Control y Verificación de Reglamentos Técnicos y Metrología Legal resolvió confirmar la decisión sancionatoria impuesta al propietario de una Estación de Servicio ubicada en el Municipio de Granada (Meta), al encontrar que entregaba a los consumidores una menor cantidad de combustible de la que correspondía por la transacción comercial. 

Sobre el particular, el Despacho abordó en la instancia de apelación aspectos relacionados con los criterios de graduación analizados al momento de dosificar la sanción a imponer, explicando de manera particular el alcance del criterio de beneficio económico obtenido, y cómo el análisis del mismo no se refiere exclusivamente a la utilidad percibida, aunado a que no es el factor determinante sobre el que se sustenta el monto de la sanción, pues la determinación de la misma se fundamenta en la valoración integral de diversos aspectos. 

En suma, también se aclaró la improcedencia de dar total aplicabilidad a postulados del derecho penal como el dolo o la culpa en la determinación de la responsabilidad del investigado, precisando al recurrente que dichas figuras en materia administrativa sancionatoria no pueden ser trasladadas sin matiz alguno, dada las notables diferencias entre el ámbito penal y el de la potestad sancionatoria administrativa, particularmente de cara al especial régimen de responsabilidad de protección al consumidor.