SEGUIMIENTO DEL TRÁMITE
Sí el interesado opta por presentar directamente su solicitud sin actuar por intermedio de apoderado, se recomienda estar pendiente en todo momento del trámite, pues su solicitud puede ser requerida u observada, para efecto de lo cual la administración se pronunciará a través de actos administrativos, que se notificarán de acuerdo a su naturaleza.
La Superintendencia puede notificar los actos administrativos proferidos dentro del trámite administrativo de manera personal, mediante fijación en lista, mediante listado informativo, mediante edicto. Es obligación del interesado (solicitante) verificar los actos administrativos que se profieran en el trámite de su interés.
En el Centro de Documentación e Información de la Superintendencia de Industria y Comercio el interesado podrá encontrar todas la información acerca de las notificaciones.
TIEMPO APROXIMADO DE TRÁMITE
El trámite puede ser resuelto en aproximadamente 8 meses.