QUE ES UN DISEÑO INDUSTRIAL


Qué es

 

 

 

QUIEN PUEDE SOLICITAR EL DERECHO

Cualquier persona natural o jurídica puede solicitar protección personalmente o mediante abogado.

**Si se hace por medio de apoderado (abogado), la solicitud debe contener un PODER, en el cual se autorice para actuar en su nombre y realizar los trámites necesarios ante la Superintendencia de Industria y Comercio. El poder se hace mediante presentación directa ante la SIC o en notaría.

*PROTECCION QUE OTORGA EL REGISTRO: El Registro otorga al Titular de éste, el derecho a la explotación exclusiva del Diseño y lo faculta para impedir que terceros no autorizados lo copien o lo imiten. La protección se otorga por Diez (10) años a partir de la fecha de presentación, NO renovables y cubren el territorio nacional.

 

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