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Entidad Adscrita al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo - Colombia


Artículo 333 - Constitución Nacional._ La actividad económica y la iniciativa privada son libres, dentro de los límites del bien común . Para su ejercicio, nadie podrá exigir permisos previos ni requisitos , sin autorización de la ley.

La libre competencia económica es un derecho de todos que supone responsabilidades.

La empresa, como base del desarrollo, tiene una función social que implica obligaciones. El estado fortalecerá las organizaciones solidarias y estimulará el desarrollo empresarial.

El Estado, por mandato de ley, impedirá que se obstruya o se restrinja la libertad económica y evitará y controlará cualquier abuso que personas o empresas hagan de sus posición dominante en el mercado nacional.

La ley delimitará el alcance de la libertad económica cuando así lo exijan el interés social , el ambiente y el patrimonio cultural de la Nación.

Ahora esta Superintendencia publica para conocimiento de sus usuarios, las resoluciones que contengan información relevante de la Delegatura de Promoción de la Competencia.
 

REQUISITOS Y PROCEDIMIENTO PARA PRESENTAR DEMANDAS JURISDICCIONALES POR COMPETENCIA DESLEAL

Antes de presentar demanda jurisdiccional, arregle directamente sus diferencias. Rrequisito de procedibilidad.



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