Luego del informe de búsqueda, la publicación internacional, el informe de examen preliminar y de haber tenido la posibilidad de modificar las reivindicaciones de su solicitud, el solicitante puede decidir si continúa el procedimiento acudiendo a las oficinas nacionales (Fase nacional). Para tomar esta decisión tiene entre 20 a 31 meses, de acuerdo al país donde se desea llegar. Durante este tiempo, también es importante realizar un análisis de mercadeo, el cuál le puede indicar exactamente a que países le conviene entrar.
Para poder entrar en la fase nacional ante una Oficina designada o elegida, es necesario que el solicitante ejecute ciertos actos:
- Pagar la tasa nacional correspondiente, ciertas Oficinas cobran tasas de presentación, de búsqueda o de examen nacionales o regionales inferiores, o reembolsan ciertas tasas cuando existe un informe de búsqueda internacional o cuando se ha establecido un informe de examen preliminar internacional.
- Cuando la solicitud no haya sido presentada ni publicada en el idioma oficial debe presentar una traducción de la solicitud internacional (descripción, reivindicaciones, resumen, textos de los dibujos) en su presentación original.
Esto debe hacerse en un plazo determinado, que es diferente según las circunstancias:
- En algunos Estados para entrar a la fase nacional por el Capítulo I, es decir donde no ha sido utilizado el procedimiento de examen preliminar, el plazo para entrar en fase nacional es de 20 meses contados desde la fecha de prioridad. Para saber los tiempos límites de cada uno de los países miembros del tratado véase http://www.wipo.int/pct/en/texts/pdf/time_limits.pdf
- Si se ha solicitado el examen preliminar internacional dentro de los 19 meses a partir de la fecha de prioridad, el plazo es, como mínimo, de 30 meses a partir de la fecha de prioridad;
- Si el Estado designado de que se trate ha sido elegido después de los 19 meses a partir de la fecha de prioridad o si el procedimiento en virtud del Capítulo II no ha sido utilizado en relación con ese Estado designado, el plazo límite para la mayoría de los Estados es de 30 meses a partir de la fecha de prioridad aunque hay países que el tiempo límite para entrar a fase nacional es más largo. Véase http://www.wipo.int/pct/en/texts/pdf/time_limits.pdf
El PCT le da la oportunidad al solicitante de modificar la descripción, las reivindicaciones y los dibujos ante la Oficina designada o elegida (Fase nacional). Por lo tanto, además de cualquier modificación efectuada en la fase internacional, pueden presentarse otras modificaciones dentro del plazo prescrito en las oficinas nacionales, después de esa entrada.