| CÓMO SE PRESENTA LA SOLICITUD INTERNACIONAL |
Cada Estado contratante puede recibir solicitudes internacionales de sus nacionales y domiciliados. En la terminología del PCT, estas administraciones son denominadas "Oficinas receptoras" (porque reciben las solicitudes internacionales). Cuando hay varios solicitantes, toda Oficina receptora de un Estado contratante en el cual al menos uno de los solicitantes es nacional o domiciliado es competente para recibir una solicitud internacional de estos solicitantes. El solicitante tiene también la opción de presentar su solicitud internacional en la Oficina Internacional , la Organización Mundial de Propiedad Intelectual (OMPI o WIPO por sus siglas en inglés) con sede en Ginebra (Suiza), cualquiera que sea la nacionalidad o domicilio del solicitante siempre y cuando pertenezca o este residenciado en un país miembro del Tratado. La solicitud internacional deberá contener un petitorio, una descripción, una o varias reivindicaciones, uno o varios dibujos (cuando éstos sean necesarios) y un resumen; deberá cumplir con los requisitos materiales establecidos; deberá redactarse en uno de los idiomas prescritos; y por último, se deberán pagar las tasas estipuladas. El petitorio podrá efectuarse en un formulario impreso, los cuales se facilitan gratuitamente o pueden descargarse de la dirección http://www.ompi.int/pct/es/forms/index.htm . El petitorio podrá también presentarse, en forma de impresión de ordenador o en forma de impresión de ordenador producido mediante el elemento PCT-EASY del programa PCT-SAFE, suministrado gratuitamente en la página http://www.wipo.int/pct-safe/en/index.htm , que en este caso debe ser acompañado de un disquete que contenga una copia en formato electrónico de los datos contenidos en el petitorio y una copia del resumen. También se puede presentar el petitorio como parte de una solicitud internacional presentada toda electrónicamente con el programa PCT-SAFE u otro programa cuando la Oficina Internacional sea la que actúe como Oficina receptora. Cabe anotar que el presentar solicitudes mediante este tipo de programas permite un descuento importante en las tasas a pagar. (Ver sección PCT-SAFE) El petitorio deberá contener ante todo una petición en el sentido de que la solicitud internacional sea tramitada conforme al PCT. Además, deberá contener el título de la invención y los datos necesarios relativos al solicitante. La presentación de un petitorio es la designación de todos los Estados Contratantes vinculados por el PCT en la fecha de presentación internacional para todo tipo de protección disponible mediante la designación de esos Estados. Se podrían excluir tres Estados de esta designación automática y global: Alemania, la República de Corea y la Federación Rusa. Si no se desea designar otro Estado, sólo cabe retirar su designación al presentar la solicitud o después. El petitorio podrá contener indicaciones facultativas, en particular, una reivindicación de prioridad de una o más solicitudes anteriores presentadas en o para un país parte del Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial o en o para cualquier Miembro de la Organización Mundial del Comercio (OMC) que no sea parte de ese Convenio. El solicitante o su apoderado deben firmar el petitorio. Si hay más de un solicitante, la Oficina receptora no requerirá al solicitante para que aporte firmas faltantes si al menos un solicitante firmó el petitorio, o un poder separado, si lo firmó un agente. La descripción La descripción de la invención en la solicitud internacional deberá divulgar la invención de una manera suficientemente clara y completa para que pueda ser realizada por un experto en la materia. En la descripción, se comienza por indicar el título de la invención. Luego se especifica el sector técnico a que se refiere la invención. Asimismo se indica la denominada "técnica anterior", es decir, los documentos técnicos y, en particular, los documentos de patente relativos a ese sector técnico que constituyan el estado anterior de la técnica o la tecnología conocida relativa a la solicitud que se acaba de presentar. Luego se divulga la invención en términos que permitan la comprensión del problema técnico y de su solución. Asimismo se exponen los efectos ventajosos de la invención con respecto a la técnica anterior. Se describen brevemente las figuras contenidas en los dibujos. También se indica la mejor manera prevista por el solicitante de realizar la invención reivindicada y cualquier otra manera que desee indicar. Por último, se indica la forma en que la invención puede ser explotada en la industria. Para más información ver sección REQUISITOS MATERIALES DE LA SOLICITUD INTERNACIONAL Las reivindicaciones Las reivindicaciones deben definir el objeto de la invención cuya protección se solicita. Estas deberán ser claras y concisas y fundarse enteramente en la descripción. Respecto de la estructura y la redacción de las reivindicaciones, los requisitos del PCT son muy similares a los que se aceptan en la mayoría de las oficinas de patentes. Para más información ver sección REQUISITOS MATERIALES DE LA SOLICITUD INTERNACIONAL Los dibujos Los dibujos sólo se exigen cuando son necesarios para comprender la invención. Para más información ver sección REQUISITOS MATERIALES DE LA SOLICITUD INTERNACIONAL El resumen El resumen sólo sirve a efectos de información técnica. El resumen consistirá en una síntesis de la divulgación contenida en la descripción, las reivindicaciones y los dibujos, preferiblemente de 50 a 150 palabras. Deberá redactarse de tal forma que permita una clara comprensión del problema técnico, de la esencia de la solución de ese problema mediante la invención y del uso o usos principales de la invención. Para más información ver sección REQUISITOS MATERIALES DE LA SOLICITUD INTERNACIONAL Los requisitos materiales establecidos La solicitud internacional debe cumplir los requisitos materiales prescritos. Esto significa el cumplimiento de disposiciones muy detalladas, principalmente contenidas en las Reglas 10 y 11 de la Reglamentación del Tratado, relativas a la forma y la presentación material de la solicitud internacional. Estos requisitos son en gran medida los mismos que los de la mayoría de los países. Quién desee profundizar más en este punto podrá remitirse a la sección REQUISITOS MATERIALES DE LA SOLICITUD INTERNACIONAL de este documento Los mencionados requisitos se refieren, por ejemplo, a la forma en que se expresan los pesos, las medidas y las temperaturas. Además estos prescriben que todos los elementos de la solicitud deberán presentarse de tal manera que puedan reproducirse directamente, por ejemplo, por offset. Se prescriben el tipo de papel y los márgenes que se han de utilizar. Los textos deben ser mecanografiados o impresos. Se estipulan requisitos específicos y detallados para la ejecución material de los dibujos. Los idiomas prescritos La solicitud internacional deberá presentarse en el idioma, o en uno de los idiomas que la Oficina receptora acepte a tal fin. Para Colombia es el idioma español. Si el idioma en que se presenta la solicitud internacional es aceptado por la Oficina receptora pero no es aceptado por la Administración encargada de la búsqueda internacional, el solicitante deberá proporcionar, dentro de un mes de la fecha de recepción de la solicitud, una traducción en un idioma que reúna las siguientes características: (i) ser un idioma aceptado por la Administración encargada de la búsqueda internacional que procede a la búsqueda internacional; (ii) ser un idioma de publicación (es decir, el alemán, el chino, el español, el francés, el inglés, el japonés o el ruso). Las tasas estipuladas Se deberán pagar las tasas exigidas para acceder a la solicitud internacional. Estas tasas son la tasa de transmisión, la tasa de presentación internacional y la tasa de búsqueda. Todas ellas deberán pagarse a la Oficina receptora. La tasa de transmisión se paga en beneficio de la Oficina receptora. Su finalidad es compensar a esa Oficina por la labor que debe realizar en relación con la solicitud internacional. La Oficina receptora fijará el importe de la tasa. La tasa de presentación internacional se satisface en beneficio de la Oficina Internacional. Su objeto es cubrir los gastos que implica la labor que la Oficina Internacional debe realizar en el marco del PCT. La tasa de búsqueda se satisface en beneficio de la Administración encargada de la búsqueda internacional. Esta tiene por objeto compensar a esa Administración por la labor que debe realizar en relación con el establecimiento del informe de búsqueda internacional. Todas las tasas exigibles se deben pagar en el plazo de un mes contado desde la fecha de recepción de la solicitud internacional; es posible ampliar el plazo de pago de tasas, con el pago de un recargo. Para más información puede remitirse a http://www.wipo.int/pct/en/fees.pdf Efectos de la solicitud internacional en los países miembros La solicitud internacional debe ser presentada en uno de los países miembros que pertenecen al Tratado PCT teniendo tal presentación efecto simultaneo en los demás países miembro del Tratado en forma automática una vez se deposite la solicitud. |