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REPÚBLICA
DE COLOMBIA
MINISTERIO
DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO
SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO
Resolución No. 19784
(18 de Junio)
Por la cual se delega una función
EL SUPERINTENENTE DE INDUSTRIA Y COMERCIO
En ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas en el numeral 26 del artículo 4º del decreto 2153 de 1992, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 50 de la Ley 789 de 2002, dispone que cuando la contratación se realice con personas jurídicas, se deberá acreditar el pago de los aportes de sus empleados, a los sistemas de salud, riegos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, mediante certificación expedida por el revisor fiscal, cuando este exista de acuerdo con los requerimientos de ley, o por el representante legal.
En aplicación de los principios de eficiencia, economía y celeridad previstos en el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia y bajo la facultad otorgada de organización, reasignación y distribución de competencias previstas en el numeral 26 del artículo 4º del Decreto 2153 de 1992,
RESUELVE ,
ARTÍCULO PRIMERO: Delegar en el Jefe de la División Financiera de la Superintendencia de Industria y Comercio, o quien haga sus veces, la expedición de las certificaciones sobre los pagos de aportes parafiscales.
ARTÍCULO SEGUNDO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE,
Dada en Bogotá, D.C, a los
EL SUPERINTENDENTE DE INDUSTRIA Y COMERCIO,
GUSTAVO VALBUENA QUIÑÓNES
Rosalba Díaz/RGR
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